12/24/2009

Intervención en la Asamblea Nacional sobre Ley de Comunicación

Distinguidos y distinguidas asambleístas:

Nuestro país inició en este año las celebraciones de la Revolución quiteña que abrió los causes de la rebeldía hispano americana para romper los vínculos coloniales.

En estas circunstancias, la Asamblea Nacional inicia los debates sobre la Ley de Comunicación, y lo hace con la garantía del consenso alcanzado por la casi totalidad de los partidos y movimientos políticos, en ella representados, para darle al país una ley que garantice los derechos que en esta materia hemos alcanzado los ecuatorianos como fruto de la lucha de tantas generaciones.

Por esta razón, deseo, más que referirme al articulado del Proyecto de Ley, lo que ya he realizado en más de una ocasión, traer a la memoria de esta representación de la soberanía popular, el recuerdo de las luchas de los próceres de nuestra independencia, en defensa del derecho a la libertad.

Hace doscientos años, José Mejía Lequerica, uno de los más destacados diputados de las Cortes de Cádiz, luchó de forma denodada en un entorno oscurantista y retrogrado, por la libertad de imprenta, que en términos actuales sería la libertad de expresión y comunicación.

En sus exposiciones, advertía Mejía, como lo hemos hecho los legisladores en estos días, del peligro de poner en manos de tribunales administrativos la capacidad de sancionar con suspensión o clausura a los medios. Decía: “ Sujetar a un autor a que no imprima sus libros sin que los censuren primero y los censuren con intervención y orden de los mismos jueces, que pueden detener las obras que estimen o afectan estimar por malas, jueces que a los que se declaren autores de ellas han de castigar ellos mismos con las más formidables e infamatorias penas, esto es y será siempre sujetar las ideas y los deseos , las fatigas y la propiedad, el honor y la vida de los desdichados autores al terriblemente voluntarioso capricho de los censores, es decir, al irresistible capricho de unos hombres que, teniendo ya por sí mismos todas las pasiones , todas las fragilidades, toda la ignorancia de cualquier hombre, están además subyugados por todos los errores, todos los intereses y todos los resentimientos, están armados con todo el poderío, toda la impunidad de las autoridades que les confían la vara de hierro de la censura, con el intento y la persuasión de que la sacudirán en pro y a placer de ellas mismas.”

Gracias a los esfuerzos denodados de los “reformistas”, frente a los “Serviles” como se conocía a liberales y monárquicos en esos días, las Cortes de Cádiz, mediante decreto del 10 de noviembre de 1810, reconocieron por primera vez la libertad de imprenta. Esta ley permitió la edición de un número importante de publicaciones, muchas de ellas críticas al Rey. A la Monarquía y a la Iglesia, por lo que la Junta de Regencia consultó a la Asamblea si, en virtud del Reglamento del Poder Ejecutivo, podía tomar providencia sobre los autores de papeles sediciosos, sin la formalidad de la intervención del Poder Judicial, a lo que Mejía se refirió en los siguientes términos:

¿No es ya para los españoles una ley y de las más precisas y trascendentales, la de libertad de imprenta? ¿Y quien no ve que ésta iría por tierra si antes de censurarse un papel y practicarse las demás salvaguardias de éste tan santo como de los tiranos detestado derecho, desde luego procediese el Gobierno a la prisión de un autor? ¿Podría éste esperar una censura imparcial, un dictamen franco, después de que la terrible mano del Poder Ejecutivo de la Monarquía hubiese tapado la boca y comprimido el aliento de tres literatos sin jurisdicción, que se llaman censores?

En estos meses la Asamblea ha tramitado proyectos de ley llegados desde el Ejecutivo, en los que se propone crear estructuras ministeriales verticales y autoritarias en todos los campos: los recursos hídricos, la educación general y superior, la cultura, la educación física poniendo así en manos de ministerios burocráticos y dóciles capacidades administrativas que seguramente darán lugar a abusos de autoridad y excesos. Mejía lo advertía:

Serán los Ministros que, creyéndose identificados con el Gobierno y a los que le administran con el Estado, se encandecen y apellidan “alarma, al sedicioso al traidor, luego que leen el más leve reparo sobre sus acciones o de la del último de sus porteros? ¡Pobre pueblo español si no hubiese de gozar de más libertad civil que la que se dignasen dejarle las deidades ministeriales!

Y, con admoniciones válidas para el momento que vive nuestro país, advierte sobre los excesos en el ejercicio del poder y en las relaciones de éste con los medios: Para velar sobre la seguridad del Estado, y aún para lograr el villano placer de perder a un hombre que mortifique o haya irritado a los agentes del gobierno, ¿Qué necesidad hay de echar a los calabozos a un miserable escritor, sin esperar que lo amarre la mano de la censura? Dicen que esta suele hacerse despacio y entretanto fugar el reo, puede cundir el fuego que haya encendido el papel. ¡Débil escusa de una impaciente y mal disimulada tiranía!

Ningún gobierno libre e ilustrado se tomará esa ímproba fatiga, pues si las críticas y objeciones que se le hagan fueren fundadas y justas, cuidará sólo de corregirse, y si careciesen de razón y de verdad, no tendrá la imprudencia de degradarse y atraer sobre sí el molesto zumbido y picaduras de millares de insectos por detener o perseguir furioso a un mosquito. ¡No debe sentir su peso quien tenga hombros para llevar el Estado! El Cardenal Cisneros solía responder a los aduladores que le importunaban con delaciones de las quejas que se esparcían contra él:

En efecto, si no fuese permitido hablar libremente, aún los merecidos elogios pasarían por serviles lisonjas, y no habría más invectiva que un misterioso silencio.

Pero el fuego de una conjuración se difundirá con semejantes papeles. ¡Qué poco sabe de conjuraciones quien tal recela! Minas secretas son las que hacen volar los reinos; y cualquier amenaza o proyecto que se encienda a la vista de todos, no será nunca sino un fuego fatuo que se disipará por sí mismo, consumido del aire. Quien corra a desalentado para apagarlo, no hará más que descaminarse, confundirse y, tal vez perderse: y entonces, ¿Qué más podrían apetecer los malvados que ver al gobierno olvidarse de sus verdaderas atenciones y gastar sus desvelos y tiempo en correr tras tan ridículos como fogosos fantasmas? Aún cuando tales apeles fuesen respiraciones de un secreto volcán, valdría más dejarlo desahogarse así que no taparle estas ocas y acelerar su explosión.

Mientras así debatía el ilustre Mejía en Cádiz, en su patria, el país de Quito, se habían producido los acontecimientos que celebramos en este año y recordaremos en los siguientes. La instalación de la primera Junta Soberana de Gobierno del 10 Agosto, la masacre del 2 de Agosto del año1810, el arribo del Comisionado Regio Carlos Montúfar, la instalación de la Segunda Junta Soberana y la expedición de la Primera Constitución Quiteña. Deseo Revisar con ustedes el artículo número 20, en que se consagran derechos que en estos días parecería queremos conculcar.

PACTO SOLEMNE

De Sociedad y Unión entre las Provincias que forman el Estado de Quito.

15 de febrero de 1812

Art. 20

“El Gobierno del Estado se obliga a todos los habitantes de él, y les asegura que serán inviolables sus derechos, su religión, sus propiedades, y su libertad natural y civil: y en consecuencia declara que todo vecino y habitante en él, de cualquier estado, condición y calidad que sea, puede libre y francamente exponer sus sentimientos y sus dictámenes por escrito o de palabra, no siendo en materia de Religión o contra las buenas costumbres, y levantar sus quejas y representación al Gobierno, guardando sólo la moderación que es necesaria para la conservación del buen orden.”

Termino mi intervención como comencé pidiéndole prestada su elocuencia a José Mejía y diciéndoles como él lo hizo a las Cortes: Si queréis ser libres, Diputados, con una libertad de imprenta verdadera, útil, durable y no expuesta a mayores abusos, abolid, en toda materia y sin restricción alguna, toda, toda censura… porque estoy persuadido que si dais este paso con majestad, corréis agigantadamente al templo de la inmortalidad, templo que la providencia ha levantado sobre las eternas bases de la verdad, la libertad y la felicidad general del hombre.

Doscientos años después, honremos la memoria y la lucha de nuestros Próceres, expidiendo una Ley de Comunicación, digna de su ejemplo.

Señor presidente. Señoras y señores legisladores.