OBSERVACIONES GENERALES
1.1. En primer lugar mi solidaridad con el pueblo haitiano y con el pueblo chileno que soportan los estragos de los graves sismos que han afectado a tantos hermanos y hermanas latinoamericanos y mi mejor voluntad de apoyar este y todos los proyectos que permitan hacer realidad la solidaridad de los corazones de un pueblo sensible como es el ecuatoriano..
1.2. Deseo, por lo mismo hacer algunos comentarios al proyecto. En primer lugar la referencia a los artículos constitucionales que se plantean como sustento.
Art. 9. Los extranjeros tendrán los mismos derechos y deberes que los ecuatorianos DE ACUERDO CON LA CONSTITUCION. Por lo tanto no pueden estar protegidos por la inmunidad en casos de que no cumplan las normas legales.
Art. 40. Se reconoce el derecho a migrar y no se identificará ni considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria; sin embargo en el propio proyecto se reconoce que están en una situación irregular. Una vez más, todos estos derechos se entienden que protegen a quienes cumplen con la ley.
Art. 66, numeral 14. El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia, así como entrar y salir libremente del país DE ACUERDO CON LA LEY.
Art. 416. Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional RESPONDERA A LOS INTERESES DEL PUEBLO ECUATORIANO y en ese marco se reconoce la ciudadanía universal.
En consecuencia toda ingenua apertura sin por lo menos considerar el principio de la reciprocidad puede devenir en graves problemas para el Ecuador. En relaciones internacionales los idealismos ingenuos siempre han devenido en fracasos estrepitosos. La historia territorial del país es un ejemplo.
COMENTARIOS A LOS CONSIDERANDOS
2.1 Considerando Quinto
La obligación de decretar una “amnistía migratoria” que regularice el estatus migratorio de los ciudadanos haitianos es uno de los puntos del "Plan para la Contribución Solidaria de los Países del ALBA al esfuerzo de reconstrucción de Haití " resultado de la Reunión Extraordinaria del Consejo Político de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América-Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP) con fecha 25 de enero de 2010, en la ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, conforme se lee de los considerandos séptimo y octavo del Decreto Ejecutivo 248.
El tratado “Declaración Conjunta de la Alternativa Bolivariana para las Américas” ha recibido un dictamen previo de constitucionalidad favorable de parte de la Corte Constitucional, y está pendiente su aprobación de parte de la Asamblea Nacional, de forma previa a la ratificación, al encasillarse como un acuerdo de integración y comercio, según el Art. 419 de la Constitución. Por lo tanto, no es un Tratado válido ni obliga al pueblo ecuatoriano.
2.2 Considerando Sexto
Son irrelevantes los pronunciamientos de los ministros sobre constitucionalidad, cuando es facultad privativa de la Corte Constitucional conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, según el Art. 436 num. 2 de la Constitución.
CONSIDERACIONES SOBRE EL ARTICULADO
3.1 Artículo Único
De conformidad con el Art. 7 del Código Civil, la Ley no dispone sino para lo venidero, no tiene efecto retroactivo, en consecuencia la derogatoria sólo será efectiva desde la publicación de la norma como tal en el Registro Oficial. En consecuencia, el efecto de la derogatoria es que el beneficio del no pago de multas, se hace extensivo a todos los extranjeros con independencia de su calidad migratoria. Es evidente, por lo mismo que bajo el pretexto y utilizando la tragedia del pueblo haitiano como parapeto, se quiere liberar a todos los extranjeros en situación irregular de las sanciones que legalmente les corresponde. Esto es impunidad y crea sospechas sobre la verdadera intención de la derogatoria.
3.2 Disposición Transitoria Primera
La multa desde el punto de vista conceptual es una pena de tipo pecuniario, y consiste en el pago de una suma de dinero, establecida en sentencia, que el condenado está obligado a realizar a favor del estado.
De otro lado, aparentemente se pretende tratar a la multa del Art. 38 de la Ley de Migración equivocadamente como un tributo (Tasa), ya que se habla de la exoneración en el sentido señalado por el Código tributario (Art. 31) probablemente por esa razón incluyeron los términos subrayados “EXONERACIÓN ECONÓMICO TRIBUTARIA A FAVOR DE” en el título de la norma.
Si bien es cierto que el artículo 4 de la Ley de Migración señala que para el cumplimiento del servicio de migración, la Comandancia General de Policía tendrá los siguientes deberes y atribuciones fundamentales: … “VII.- Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que gravan el movimiento migratorio”. No es menos cierto que, para que una norma pueda considerarse como tributaria, debe determinar según lo dispone el Código Tributario en su Art. 4 (ley especial en la materia): el objeto imponible, los sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley que deban concederse. Las referencias de la Ley de Migración no satisfacen la disposición del Art. 4 del Código Tributario.
3.3 Disposición Transitoria Segunda
Si se tratasen como tributos a los pagos realizados por los ciudadanos Haitianos por concepto de obtención de visa y pagos adicionales, estarían sujetos de forma obligatoria a las disposiciones de devolución de lo indebidamente pagado, regulado en los Arts. 122, 305 y siguientes del Código Tributario.
La devolución de la multa, no procedería ya que es la consecuencia del cometimiento de una infracción que fue sancionada mediante resolución de autoridad competente.
Sin embargo, constitucionalmente es atribución del Presidente de la República de conformidad con el Art. 147, num. 18: Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley, razón por la cual si hubiese una sana y urgente voluntad de favorecer a los hermanos haitianos, esto ya pudo hacer sido realizado con medidas del Ejecutivo.
4. Concluyendo: El proyecto debe ser revisado, orientarse con exclusividad a la situación de los pueblos haitiano y chileno y la derogatoria del Art. 38 tratarla en las necesarias reformas a las leyes migratorias.
Paco Moncayo Gallegos.
Asambleísta por Pichincha.
3/14/2010
PRESENTACION COOTAD
PRESENTACION COOTAD.
1. FUNDAMENTOS
1.1 El Estado ecuatoriano. Siglo XXI
Estamos dando un paso adelante en un largo proceso que ha permitido que el país pueda enfrentar con madurez el debate de esta ley. El Ecuador por la lucha de sus organizaciones sociales y por la fuerza del sistema democrático ha logrado avances que necesitamos consolidar y reforzar.
Ayer celebrábamos el día de LA MUJER y teníamos que reconocer los avances que en equidad de género se han logrado gracias a la lucha de las Tránsito Amaguaña, Dolores Cacuando, Nela Martínez, Zoila Ugarte, Matilde Hidalgo y tantas otras.
El país ha avanzado en legislación y acciones que protegen a personas con discapacidades, la tercera edad, niños, niñas y adolescentes, gracias a una intensa lucha de reformadores sociales.
Las nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios avanzan en una etapa superior de la defensa y goce de los derechos colectivos.
Y los gobiernos locales, desde la Junta Parroquial, hasta las provincias y el Distrito Metropolitano, quieren confirmar los logros de una larga resistencia al centralismo, lacra funesta en la historia de los pueblos, generadora de injusticia, exclusión, inequidad, abandono y pérdida de la soberanía territorial.
El viejo paradigma del estado nacional homogéneo ha sido superado. En los viejos conceptos, la nación era unidimensional y homogénea, como lo era también el territorio. Los avances alcanzados en los últimos años en la política territorial nos permiten intensificar los esfuerzos para la construcción de una sociedad incluyente y equitativa en un territorio diverso, equilibradamente desarrollado.
El bicentralismo, que ha afectado especialmente a las ciudades de Quito y Guayaquil, en virtud de un sistema político administrativo del Estado que ha sido funesto porque ha impedido el desarrollo equilibrado y solidario de la Nación, avivado el regionalismo, politizando la asignación y transferencia de recursos, sobreponiendo las competencias y afectando a la unidad nacional, que solamente puede lograrse con un sistema territorial justo y equitativo.
Bien decía Tocqueville, hace cerca de dos siglos refiriéndose a la descentralización “NO SOLAMENTE ES UN VALOR ADMINISTRATIVO, LO ES TAMBIEN CIVICO, PUESTO QUE MULTIPLICA LAS OCASIONES PARA QUE LOS CIUDADANOS SE INTERESEN EN LOS ASUNTOS PUBLICOS, ELLA LOS ACOSTUMBRA A USAR LA LIBERTAD.” TOCQUEVILLE. (1840)
El Código en que la Comisión ha trabajado con tanto ahínco como entusiasmo y patriotismo, dejando de lado las comprensibles diferencias partidarias y poniendo por delante el bien de la Patria, debió haberse tratado ahora en primer debate, lo cual habría permitido una participación más rica de la Asamblea; sin embargo, el apresuramiento de la Comisión de Legislación y Fiscalización en aprobar tan complejo cuerpo legal en primer debate, nos pone en situación de darle un tratamiento especial a este segundo debate a fin de poder recoger los aportes importantes que sin duda presentarán los legisladores. No nos apresuremos y démosle el tiempo que sea necesario para que este Código pueda contar con la aprobación de ser posible unánime de los asambleístas.
2. DESARROLLO DE LAS NORMAS CONSTITUCIONALES.
2.1 TITULO I ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
El Art. 1, define al Ecuador como un estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico que se organiza en forma republicana, se administra descentralizadamente y el poder público se ejerce con la participación directa de la población. El Estado tiene como misión principal Art. 3.6 Promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; El Territorio es inalienable nadie atentará contra la unidad ni fomentará la secesión.
2.2 TITULO II. Derechos. CAPÍTULO IV. Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades. Art. 57. 9. Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social, y de generación y ejercicio de la autoridad, en sus territorios legalmente reconocidos y tierras comunitarias de posesión ancestral.
El Código aplica estos mandatos principalmente en el Artículo 93.- Naturaleza de las Circunscripciones Territoriales de Comunidades, Pueblos y Nacionalidades Indígenas, Afroecuatorianas y Montubias.- Son regímenes especiales de gobierno establecidos por autodefinición de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, en el marco de la organización político administrativa del Estado, que ejercerán las competencias del nivel de gobierno autónomo correspondiente. Los principios de interculturalidad y plurinacionalidad, los usos y costumbres, así como los derechos colectivos de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias que los habitan mayoritariamente, de conformidad con la Constitución, los instrumentos internacionales y este Código.
Artículo 98.- Gobierno.- En las circunscripciones territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias que se conformen de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución y este Código, habrá un gobierno autónomo descentralizado que corresponderá al nivel provincial, cantonal o parroquial, según sea la circunscripción territorial en la que se hayan constituido. Dicho gobierno adoptará, para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias, las medidas contempladas en la Constitución, los instrumentos internacionales vigentes y este Código. Además, elaborará a través del órgano legislativo del gobierno autónomo descentralizado, y según sus condiciones específicas, usos, costumbres y tradiciones, las normas pertinentes.
2.3 TITULO IV Participación y organización del poder.
Capítulo primero. Derechos de participación. Sección primera. Principios de la participación
Art. 95.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Art. 100.- En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos.
El Código da respuesta a estos mandatos en el Capítulo III. La Participación Ciudadana en los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 305.- Participación Ciudadana.- La ciudadanía, en forma individual y colectiva, podrán participar de manera protagónica en la toma de decisiones, la planificación y gestión de los asuntos públicos y en el control social de las instituciones de los gobiernos autónomos descentralizados y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.
Artículo 306.- Derecho a la participación.- El derecho a la participación ciudadana se ejercerá en todos los niveles de los gobiernos autónomos descentralizados a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
2.4 TITULO V. Organización Territorial del Estado
CAPITULO PRIMERO. Principios Generales.
Art. 238..- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.
El tema de la autonomía es el central de este código; la descentralización su fundamental herramienta. Esto está perfectamente establecido en el proyecto de Código.
Artículo 5.- Autonomía.- La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su propia responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado, y no permitirá la secesión del territorio nacional.
Artículo 6.- Garantía de autonomía.- Ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá interferir en la autonomía política, administrativa y financiera propia de los gobiernos autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la Constitución y las leyes de la República.
Artículo 7.- Facultad normativa.- Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general aplicables dentro de su circunscripción.
Artículo 9.- Facultad Ejecutiva.- La facultad ejecutiva comprende el ejercicio de potestades públicas privativas de naturaleza administrativa bajo responsabilidad de gobernadores o gobernadoras regionales, prefectos o prefectas, alcaldes o alcaldesas cantonales o metropolitanos y presidentes o presidentas de juntas parroquiales rurales.
CAPITULO IV. Régimen de Competencias.
Art. 239.- El régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos Las hay privativas y no.
He citado solamente dos artículos por su importancia, pero el Código desarrolla todo el mandato constitucional de la siguiente manera: Título V. Descentralización y Sistema Nacional de Competencias. Capítulo I Descentralización
Artículo 107.- Sistema nacional de competencias.- Es el conjunto de instituciones, planes, políticas, programas y actividades relacionados con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno guardando los principios de autonomía, coordinación, complementariedad y subsidiaridad, a fin de alcanzar los objetivos relacionados con la construcción de un país democrático, solidario e incluyente.
Artículo 108.- Sectores.- Son las áreas de intervención y responsabilidad que desarrolla el Estado. Según su organización podrán constituir un sistema sectorial. Se clasifican en sectores privativos, estratégicos y comunes.
Art. 109. Son sectores privativos la defensa nacional, protección interna y orden público; las relaciones internacionales; las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria, fiscal y monetaria; de comercio exterior; y de endeudamiento externo.
Artículo 117.- Consejo Nacional de Competencias.- El Consejo Nacional de Competencias es una persona jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, patrimonio propio y sede en la ciudad de Quito.
Artículo 118.- Integración.- El Consejo Nacional de Competencias se integrará con todos los niveles de gobierno y distritos y Circunscripciones
Capítulo VI. Del Fortalecimiento Institucional de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 151.- Fortalecimiento institucional.- Con el objetivo de generar condiciones necesarias para que los gobiernos autónomos descentralizados ejerzan sus competencias,
Artículo 152.- Responsables del fortalecimiento institucional.- El diseño del proceso de fortalecimiento institucional corresponderá al Consejo Nacional de Competencias, en coordinación con las entidades asociativas. Podrá establecer convenios con la escuela de gobierno de la administración pública, las asociaciones de gobiernos autónomos descentralizados, universidades, Artículo 153.- Presupuesto para el fortalecimiento institucional.- Provendrá del presupuesto general del Estado asignados al Consejo Nacional de Competencias; y, del presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados.
Comentarios. Este articulado debe ser valorado por los siguientes razonamientos: Con el sistema diseñado se hace por fin realidad la tan anhelada descentralización. Deja ésta de ser voluntaria y cada nivel debe asumir sus competencias, para lo cual se establece también un sistema de fortalecimiento institucional; El Consejo Nacional de Competencias les da poder a los gobiernos locales, toda vez que tienen mayoría en el mismo y será un rico espacio para la negociación y solución de conflictos entre los distintos niveles de gobierno. Tiene además el deber de, a través de una comisión, costear las competencias para que cada GAD que reciba una de estas, lo haga con los recursos financieros, humanos, logísticos y tecnológicos que permita su ejecución. Si se analiza el artículo 109 se verá que, en definitiva, en el ordenamiento jurídico, el gobierno central mantiene como privativas solamente las mismas de la Constitución anterior.
2.5 La Constitución en el CAPITULO QUINTO, se refiere al tema más polémico del Código, los recursos económicos.
Art. 270.- Los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Art. 271.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán de al menos el quince por ciento de ingresos permanentes y de un monto no inferior al cinco por ciento de los no permanentes correspondientes al Estado central, excepto los de endeudamiento público.
Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas, y se harán efectivas mediante las transferencias desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional a las cuentas de los gobiernos autónomos descentralizados.
Art. 272.- La distribución de los recursos entre los gobiernos autónomos descentralizados será regulada por la ley, conforme a los siguientes criterios:
1. Tamaño y densidad de la población.
2. Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados.
3. Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del Plan Nacional de desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.
Art. 273.- Las competencias que asuman los gobiernos autónomos descentralizados serán transferidas con los correspondientes recursos. No habrá transferencia de competencias sin la transferencia de recursos suficientes, salvo expresa aceptación de la entidad que asuma las competencias.
Art. 274.- Los gobiernos autónomos descentralizados en cuyo territorio se exploten o industrialicen recursos naturales no renovables tendrán derecho a participar de las rentas que perciba el Estado por esta actividad, de acuerdo con la ley.
El Código da cumplimiento a estos mandatos en el Capítulo II. Tipos de Recursos Financieros de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 171.- Tipos de recursos financieros.-
a) Ingresos propios de la gestión;
b) Transferencias del presupuesto general del Estado;
c) Otro tipo de transferencias, legados y donaciones;
d) Participación en las rentas de la explotación o industrialización de recursos naturales no renovables; y,
e) Recursos provenientes de endeudamiento.
Artículo 193.- Principios para la participación en las rentas del Estado.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán de las rentas del Estado de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Artículo 194.- Tipos de transferencias.- Las transferencias a los gobiernos autónomos descentralizados serán:
a) Transferencias provenientes de ingresos permanentes y no permanentes correspondientes a las competencias exclusivas. Por ingresos permanentes se entenderá los actuales ingresos corrientes del presupuesto general del Estado; y por no permanentes, los ingresos de capital exceptuando los de financiamiento, entre los cuales consta la cuenta de financiamiento e importación de derivados;
b) Transferencias destinadas a financiar el ejercicio de nuevas competencias;
c) Transferencias para compensar a los gobiernos autónomos descentralizados en cuyos territorios se generen, exploten o industrialicen recursos no renovables.
Sección Segunda. Transferencias provenientes de Ingresos Permanentes y No Permanentes para la Equidad Territorial
Artículo 197.- Objetivo.- El objetivo de las transferencias es garantizar una provisión similar de bienes y servicios públicos, relacionados con las competencias de cada nivel de gobierno autónomo descentralizado; se garantizará un gasto estándar por habitante, de acuerdo a las particularidades territoriales. Estas particularidades territoriales considerarán los criterios constitucionales de tamaño y densidad de la población; necesidades básicas insatisfechas jerarquizadas y, logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.
Artículo 198.- Monto total a transferir.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y del diez por ciento (10%) de los no permanentes correspondientes al Estado central, excepto los de endeudamiento público.
Este monto deberá ser equivalente a las transferencias obligatorias que realizaba el gobierno central a los gobiernos autónomos descentralizados con base en las compensaciones y leyes de creación de fondos especiales vigentes hasta la aprobación del presente Código.
Artículo 199.- Modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos
a) Estratificar en grupos en cada uno de los niveles, según su producto interno bruto territorial por habitante, con el objetivo de que aquellos con similares características tengan el mismo tratamiento;
b) Calcular los recursos necesarios de cada gobierno autónomo descentralizado para cubrir los costos de las competencias exclusivas constitucionales ajustados a la realidad territorial;
c) Calcular la capacidad fiscal de cada gobierno autónomo descentralizado en relación a su potencial, de manera que incentive el esfuerzo fiscal;
d) Establecer la brecha de financiamiento por habitante, la misma que será cubierta en un porcentaje o índice de equidad definido conforme a la disponibilidad fiscal y al monto total de las transferencias; y,
e) Multiplicar la brecha de financiamiento por el número total de habitantes del gobierno autónomo descentralizado correspondiente.
Artículo 200.- Gasto para provisión de bienes y servicios públicos territoriales.- El gasto estandarizado consiste en la determinación de los recursos por habitante destinados a financiar las competencias exclusivas constitucionales según los siguientes criterios: población, un criterio de distribución por partes iguales, la densidad poblacional, necesidades básicas insatisfechas, logros en el mejoramiento de los niveles de vida, y cumplimiento de los objetivos de la planificación nacional y territorial.
Se dará mayor ponderación a la población rural, como medida de acción afirmativa que promueva la igualdad real a favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad.
Cada cuatro años, el Consejo Nacional de Competencias a través de la comisión de costeo de competencias determinará las ponderaciones de los criterios para el ajuste del gasto estandarizado.
Para calcular el gasto estandarizado por habitante se observará una metodología elaborada por el Consejo Nacional de Competencias a través de la comisión de costeo de competencias que considerará el costo de la provisión de bienes y servicios públicos similares que deben atender los gobiernos autónomos descentralizados conforme sus competencias exclusivas.
Artículo 201.- Capacidad fiscal.- Consiste en comparar la generación efectiva de ingresos propios de cada gobierno autónomo descentralizado con su capacidad potencial, incentivando el esfuerzo fiscal, considerando los promedios de los últimos cuatro años, con excepción de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales
Artículo 202.- Índice de equidad.- Para cubrir la brecha fiscal se considerará un índice de equidad, que constituye una herramienta de política económica y se define como el porcentaje de la brecha fiscal de los gobiernos autónomos descentralizados que será cubierto por las transferencias provenientes del Presupuesto General del Estado. Este índice no podrá ser menor al cincuenta por ciento, y se aplicará de manera diferenciada por estratos. Será determinado cada año por el organismo rector de las finanzas públicas en coordinación con el organismo técnico de planificación nacional y el Consejo Nacional de Competencias
Artículo 203.- Destino.- Estas transferencias podrán financiar hasta el treinta por ciento de gastos permanentes, y un mínimo del setenta por ciento de gastos no permanentes necesarios para el ejercicio de sus competencias exclusivas con base a su plan plurianual participativa.
Artículo 204.- Crecimiento obligatorio.- Se garantiza que todos los gobiernos autónomos descentralizados tengan una tasa de crecimiento anual de sus transferencias con respecto al año anterior, hasta completar los porcentajes de participación de los gobiernos autónomos descentralizados en los ingresos permanentes y no permanentes del presupuesto general del Estado previstos en este Código.
Para el efecto, se establece una banda de crecimiento cuyo mínimo corresponderá a la estimación de la variación del deflactor del Producto Interno Bruto para el año en curso; y cuyo máximo corresponderá a seis veces esta tasa mínima.
En caso de que un gobierno autónomo descentralizado por aplicación del modelo de distribución, y considerando que no puede recibir un monto inferior al asignado en el ejercicio fiscal del año 2008, sus transferencias se incrementarán en al menos esta tasa mínima.
Artículo 205.- Obligatoriedad de las asignaciones.- Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas, y se harán efectivas mediante transferencias desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional a las cuentas de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados.
Este tema requiere de algunos comentarios:
1. El reto principal es cumplir con los principios constitucionales de subsidiariedad, solidaridad y equidad. Esto es que los gobiernos más cercanos a la gente tengan las competencias y los recursos, que estos se distribuyan en mayor cantidad a los GAD más pobres y atrasados.
2. El Código no espera la publicación de la Ley de régimen financiero, sino que define con claridad ingresos permanentes y no permanentes, evitando cualquier discrecionalidad del respectivo ministerio.
3. Para que las conquistas alcanzadas por las provincias, cantones y parroquias no se perjudiquen y para aplicar los principios antes señalados se aplica la norma constitucional con el 21% de los ingresos permanentes y 10% de los no permanentes. En esos montos se incluyen, insisto todas las anteriores preasignaciones. A partir de la aplicación del Código, al crecer los ingresos, crecerá también la participación de los GAD.
4. Se establece que las transferencias tienen por fin atender a todos los ecuatorianos en la prestación de los servicios básicos y se crea un modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos con un proceso lógico. 1) Estratificación según el PIB, para dar un tratamiento diferenciado según el nivel de desarrollo y para comparar entre similares 2) Cálculo de lo que constaría al GAD, entregar los servicios; 3) Calcular la capacidad del cada GAD para el financiamiento; 4) Establecer la diferencia que se corregirá con un índice de equidad que no podrá ser menor al cincuenta por ciento, y se aplicará de manera diferenciada por estratos. El objeto de la aplicación de este índice es acelerar el desarrollo de los atrasados sin entorpecer el de los que tienen una mejor situación-
Por lo tanto, es importante revisar una vez más para comprobar que la fórmula propuesta cumpla los conceptos elaborados en esta parte del Código.
2.6 Finalmente deseo hacer un comentario importante, con la clara aceptación de que sería imposible comentar todo el código para una presentación de diez minutos. La Constitución en su TITULO VI. REGIMEN DE DESARROLLO.CAPITULO PRIMERO. Principios Generales, manda. Art. 275. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.
El Código detalla los planes y la forma participativa de desarrollarlos, establece una coordinación entre todos los niveles de gobierno, no sujeta la planificación de los GAD a ninguna autoridad superior y permite el pleno uso de sus autonomías en el ejercicio de sus competencias exclusivas. Así es en todos los países de régimen autonómico actuales; del mismo modo manda que los presupuestos sean elaborados sobre la base de los planes aprobados participativamente, con una metodología de programas, proyectos y procesos, con una limitación a los gastos corrientes.
3. CONCLUSION. Este Código constituye un paso esencial y oportuno para lograr las autonomías, hacer realidad la descentralización y especialmente mejorar la vida de TODOS los ecuatorianos. Espero que las diferencias partidistas, legítimas y deseables, no entorpezcan su aprobación.
Paco Moncayo Gallegos.
Asambleísta por Pichincha.
1. FUNDAMENTOS
1.1 El Estado ecuatoriano. Siglo XXI
Estamos dando un paso adelante en un largo proceso que ha permitido que el país pueda enfrentar con madurez el debate de esta ley. El Ecuador por la lucha de sus organizaciones sociales y por la fuerza del sistema democrático ha logrado avances que necesitamos consolidar y reforzar.
Ayer celebrábamos el día de LA MUJER y teníamos que reconocer los avances que en equidad de género se han logrado gracias a la lucha de las Tránsito Amaguaña, Dolores Cacuando, Nela Martínez, Zoila Ugarte, Matilde Hidalgo y tantas otras.
El país ha avanzado en legislación y acciones que protegen a personas con discapacidades, la tercera edad, niños, niñas y adolescentes, gracias a una intensa lucha de reformadores sociales.
Las nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios avanzan en una etapa superior de la defensa y goce de los derechos colectivos.
Y los gobiernos locales, desde la Junta Parroquial, hasta las provincias y el Distrito Metropolitano, quieren confirmar los logros de una larga resistencia al centralismo, lacra funesta en la historia de los pueblos, generadora de injusticia, exclusión, inequidad, abandono y pérdida de la soberanía territorial.
El viejo paradigma del estado nacional homogéneo ha sido superado. En los viejos conceptos, la nación era unidimensional y homogénea, como lo era también el territorio. Los avances alcanzados en los últimos años en la política territorial nos permiten intensificar los esfuerzos para la construcción de una sociedad incluyente y equitativa en un territorio diverso, equilibradamente desarrollado.
El bicentralismo, que ha afectado especialmente a las ciudades de Quito y Guayaquil, en virtud de un sistema político administrativo del Estado que ha sido funesto porque ha impedido el desarrollo equilibrado y solidario de la Nación, avivado el regionalismo, politizando la asignación y transferencia de recursos, sobreponiendo las competencias y afectando a la unidad nacional, que solamente puede lograrse con un sistema territorial justo y equitativo.
Bien decía Tocqueville, hace cerca de dos siglos refiriéndose a la descentralización “NO SOLAMENTE ES UN VALOR ADMINISTRATIVO, LO ES TAMBIEN CIVICO, PUESTO QUE MULTIPLICA LAS OCASIONES PARA QUE LOS CIUDADANOS SE INTERESEN EN LOS ASUNTOS PUBLICOS, ELLA LOS ACOSTUMBRA A USAR LA LIBERTAD.” TOCQUEVILLE. (1840)
El Código en que la Comisión ha trabajado con tanto ahínco como entusiasmo y patriotismo, dejando de lado las comprensibles diferencias partidarias y poniendo por delante el bien de la Patria, debió haberse tratado ahora en primer debate, lo cual habría permitido una participación más rica de la Asamblea; sin embargo, el apresuramiento de la Comisión de Legislación y Fiscalización en aprobar tan complejo cuerpo legal en primer debate, nos pone en situación de darle un tratamiento especial a este segundo debate a fin de poder recoger los aportes importantes que sin duda presentarán los legisladores. No nos apresuremos y démosle el tiempo que sea necesario para que este Código pueda contar con la aprobación de ser posible unánime de los asambleístas.
2. DESARROLLO DE LAS NORMAS CONSTITUCIONALES.
2.1 TITULO I ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
El Art. 1, define al Ecuador como un estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico que se organiza en forma republicana, se administra descentralizadamente y el poder público se ejerce con la participación directa de la población. El Estado tiene como misión principal Art. 3.6 Promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; El Territorio es inalienable nadie atentará contra la unidad ni fomentará la secesión.
2.2 TITULO II. Derechos. CAPÍTULO IV. Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades. Art. 57. 9. Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social, y de generación y ejercicio de la autoridad, en sus territorios legalmente reconocidos y tierras comunitarias de posesión ancestral.
El Código aplica estos mandatos principalmente en el Artículo 93.- Naturaleza de las Circunscripciones Territoriales de Comunidades, Pueblos y Nacionalidades Indígenas, Afroecuatorianas y Montubias.- Son regímenes especiales de gobierno establecidos por autodefinición de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, en el marco de la organización político administrativa del Estado, que ejercerán las competencias del nivel de gobierno autónomo correspondiente. Los principios de interculturalidad y plurinacionalidad, los usos y costumbres, así como los derechos colectivos de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afroecuatorianas y montubias que los habitan mayoritariamente, de conformidad con la Constitución, los instrumentos internacionales y este Código.
Artículo 98.- Gobierno.- En las circunscripciones territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias que se conformen de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución y este Código, habrá un gobierno autónomo descentralizado que corresponderá al nivel provincial, cantonal o parroquial, según sea la circunscripción territorial en la que se hayan constituido. Dicho gobierno adoptará, para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias, las medidas contempladas en la Constitución, los instrumentos internacionales vigentes y este Código. Además, elaborará a través del órgano legislativo del gobierno autónomo descentralizado, y según sus condiciones específicas, usos, costumbres y tradiciones, las normas pertinentes.
2.3 TITULO IV Participación y organización del poder.
Capítulo primero. Derechos de participación. Sección primera. Principios de la participación
Art. 95.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
Art. 100.- En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos.
El Código da respuesta a estos mandatos en el Capítulo III. La Participación Ciudadana en los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 305.- Participación Ciudadana.- La ciudadanía, en forma individual y colectiva, podrán participar de manera protagónica en la toma de decisiones, la planificación y gestión de los asuntos públicos y en el control social de las instituciones de los gobiernos autónomos descentralizados y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.
Artículo 306.- Derecho a la participación.- El derecho a la participación ciudadana se ejercerá en todos los niveles de los gobiernos autónomos descentralizados a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.
2.4 TITULO V. Organización Territorial del Estado
CAPITULO PRIMERO. Principios Generales.
Art. 238..- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.
El tema de la autonomía es el central de este código; la descentralización su fundamental herramienta. Esto está perfectamente establecido en el proyecto de Código.
Artículo 5.- Autonomía.- La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su propia responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado, y no permitirá la secesión del territorio nacional.
Artículo 6.- Garantía de autonomía.- Ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá interferir en la autonomía política, administrativa y financiera propia de los gobiernos autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la Constitución y las leyes de la República.
Artículo 7.- Facultad normativa.- Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general aplicables dentro de su circunscripción.
Artículo 9.- Facultad Ejecutiva.- La facultad ejecutiva comprende el ejercicio de potestades públicas privativas de naturaleza administrativa bajo responsabilidad de gobernadores o gobernadoras regionales, prefectos o prefectas, alcaldes o alcaldesas cantonales o metropolitanos y presidentes o presidentas de juntas parroquiales rurales.
CAPITULO IV. Régimen de Competencias.
Art. 239.- El régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos Las hay privativas y no.
He citado solamente dos artículos por su importancia, pero el Código desarrolla todo el mandato constitucional de la siguiente manera: Título V. Descentralización y Sistema Nacional de Competencias. Capítulo I Descentralización
Artículo 107.- Sistema nacional de competencias.- Es el conjunto de instituciones, planes, políticas, programas y actividades relacionados con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno guardando los principios de autonomía, coordinación, complementariedad y subsidiaridad, a fin de alcanzar los objetivos relacionados con la construcción de un país democrático, solidario e incluyente.
Artículo 108.- Sectores.- Son las áreas de intervención y responsabilidad que desarrolla el Estado. Según su organización podrán constituir un sistema sectorial. Se clasifican en sectores privativos, estratégicos y comunes.
Art. 109. Son sectores privativos la defensa nacional, protección interna y orden público; las relaciones internacionales; las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria, fiscal y monetaria; de comercio exterior; y de endeudamiento externo.
Artículo 117.- Consejo Nacional de Competencias.- El Consejo Nacional de Competencias es una persona jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, patrimonio propio y sede en la ciudad de Quito.
Artículo 118.- Integración.- El Consejo Nacional de Competencias se integrará con todos los niveles de gobierno y distritos y Circunscripciones
Capítulo VI. Del Fortalecimiento Institucional de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 151.- Fortalecimiento institucional.- Con el objetivo de generar condiciones necesarias para que los gobiernos autónomos descentralizados ejerzan sus competencias,
Artículo 152.- Responsables del fortalecimiento institucional.- El diseño del proceso de fortalecimiento institucional corresponderá al Consejo Nacional de Competencias, en coordinación con las entidades asociativas. Podrá establecer convenios con la escuela de gobierno de la administración pública, las asociaciones de gobiernos autónomos descentralizados, universidades, Artículo 153.- Presupuesto para el fortalecimiento institucional.- Provendrá del presupuesto general del Estado asignados al Consejo Nacional de Competencias; y, del presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados.
Comentarios. Este articulado debe ser valorado por los siguientes razonamientos: Con el sistema diseñado se hace por fin realidad la tan anhelada descentralización. Deja ésta de ser voluntaria y cada nivel debe asumir sus competencias, para lo cual se establece también un sistema de fortalecimiento institucional; El Consejo Nacional de Competencias les da poder a los gobiernos locales, toda vez que tienen mayoría en el mismo y será un rico espacio para la negociación y solución de conflictos entre los distintos niveles de gobierno. Tiene además el deber de, a través de una comisión, costear las competencias para que cada GAD que reciba una de estas, lo haga con los recursos financieros, humanos, logísticos y tecnológicos que permita su ejecución. Si se analiza el artículo 109 se verá que, en definitiva, en el ordenamiento jurídico, el gobierno central mantiene como privativas solamente las mismas de la Constitución anterior.
2.5 La Constitución en el CAPITULO QUINTO, se refiere al tema más polémico del Código, los recursos económicos.
Art. 270.- Los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Art. 271.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán de al menos el quince por ciento de ingresos permanentes y de un monto no inferior al cinco por ciento de los no permanentes correspondientes al Estado central, excepto los de endeudamiento público.
Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas, y se harán efectivas mediante las transferencias desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional a las cuentas de los gobiernos autónomos descentralizados.
Art. 272.- La distribución de los recursos entre los gobiernos autónomos descentralizados será regulada por la ley, conforme a los siguientes criterios:
1. Tamaño y densidad de la población.
2. Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados.
3. Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del Plan Nacional de desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.
Art. 273.- Las competencias que asuman los gobiernos autónomos descentralizados serán transferidas con los correspondientes recursos. No habrá transferencia de competencias sin la transferencia de recursos suficientes, salvo expresa aceptación de la entidad que asuma las competencias.
Art. 274.- Los gobiernos autónomos descentralizados en cuyo territorio se exploten o industrialicen recursos naturales no renovables tendrán derecho a participar de las rentas que perciba el Estado por esta actividad, de acuerdo con la ley.
El Código da cumplimiento a estos mandatos en el Capítulo II. Tipos de Recursos Financieros de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Artículo 171.- Tipos de recursos financieros.-
a) Ingresos propios de la gestión;
b) Transferencias del presupuesto general del Estado;
c) Otro tipo de transferencias, legados y donaciones;
d) Participación en las rentas de la explotación o industrialización de recursos naturales no renovables; y,
e) Recursos provenientes de endeudamiento.
Artículo 193.- Principios para la participación en las rentas del Estado.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán de las rentas del Estado de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Artículo 194.- Tipos de transferencias.- Las transferencias a los gobiernos autónomos descentralizados serán:
a) Transferencias provenientes de ingresos permanentes y no permanentes correspondientes a las competencias exclusivas. Por ingresos permanentes se entenderá los actuales ingresos corrientes del presupuesto general del Estado; y por no permanentes, los ingresos de capital exceptuando los de financiamiento, entre los cuales consta la cuenta de financiamiento e importación de derivados;
b) Transferencias destinadas a financiar el ejercicio de nuevas competencias;
c) Transferencias para compensar a los gobiernos autónomos descentralizados en cuyos territorios se generen, exploten o industrialicen recursos no renovables.
Sección Segunda. Transferencias provenientes de Ingresos Permanentes y No Permanentes para la Equidad Territorial
Artículo 197.- Objetivo.- El objetivo de las transferencias es garantizar una provisión similar de bienes y servicios públicos, relacionados con las competencias de cada nivel de gobierno autónomo descentralizado; se garantizará un gasto estándar por habitante, de acuerdo a las particularidades territoriales. Estas particularidades territoriales considerarán los criterios constitucionales de tamaño y densidad de la población; necesidades básicas insatisfechas jerarquizadas y, logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.
Artículo 198.- Monto total a transferir.- Los gobiernos autónomos descentralizados participarán del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y del diez por ciento (10%) de los no permanentes correspondientes al Estado central, excepto los de endeudamiento público.
Este monto deberá ser equivalente a las transferencias obligatorias que realizaba el gobierno central a los gobiernos autónomos descentralizados con base en las compensaciones y leyes de creación de fondos especiales vigentes hasta la aprobación del presente Código.
Artículo 199.- Modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos
a) Estratificar en grupos en cada uno de los niveles, según su producto interno bruto territorial por habitante, con el objetivo de que aquellos con similares características tengan el mismo tratamiento;
b) Calcular los recursos necesarios de cada gobierno autónomo descentralizado para cubrir los costos de las competencias exclusivas constitucionales ajustados a la realidad territorial;
c) Calcular la capacidad fiscal de cada gobierno autónomo descentralizado en relación a su potencial, de manera que incentive el esfuerzo fiscal;
d) Establecer la brecha de financiamiento por habitante, la misma que será cubierta en un porcentaje o índice de equidad definido conforme a la disponibilidad fiscal y al monto total de las transferencias; y,
e) Multiplicar la brecha de financiamiento por el número total de habitantes del gobierno autónomo descentralizado correspondiente.
Artículo 200.- Gasto para provisión de bienes y servicios públicos territoriales.- El gasto estandarizado consiste en la determinación de los recursos por habitante destinados a financiar las competencias exclusivas constitucionales según los siguientes criterios: población, un criterio de distribución por partes iguales, la densidad poblacional, necesidades básicas insatisfechas, logros en el mejoramiento de los niveles de vida, y cumplimiento de los objetivos de la planificación nacional y territorial.
Se dará mayor ponderación a la población rural, como medida de acción afirmativa que promueva la igualdad real a favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad.
Cada cuatro años, el Consejo Nacional de Competencias a través de la comisión de costeo de competencias determinará las ponderaciones de los criterios para el ajuste del gasto estandarizado.
Para calcular el gasto estandarizado por habitante se observará una metodología elaborada por el Consejo Nacional de Competencias a través de la comisión de costeo de competencias que considerará el costo de la provisión de bienes y servicios públicos similares que deben atender los gobiernos autónomos descentralizados conforme sus competencias exclusivas.
Artículo 201.- Capacidad fiscal.- Consiste en comparar la generación efectiva de ingresos propios de cada gobierno autónomo descentralizado con su capacidad potencial, incentivando el esfuerzo fiscal, considerando los promedios de los últimos cuatro años, con excepción de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales
Artículo 202.- Índice de equidad.- Para cubrir la brecha fiscal se considerará un índice de equidad, que constituye una herramienta de política económica y se define como el porcentaje de la brecha fiscal de los gobiernos autónomos descentralizados que será cubierto por las transferencias provenientes del Presupuesto General del Estado. Este índice no podrá ser menor al cincuenta por ciento, y se aplicará de manera diferenciada por estratos. Será determinado cada año por el organismo rector de las finanzas públicas en coordinación con el organismo técnico de planificación nacional y el Consejo Nacional de Competencias
Artículo 203.- Destino.- Estas transferencias podrán financiar hasta el treinta por ciento de gastos permanentes, y un mínimo del setenta por ciento de gastos no permanentes necesarios para el ejercicio de sus competencias exclusivas con base a su plan plurianual participativa.
Artículo 204.- Crecimiento obligatorio.- Se garantiza que todos los gobiernos autónomos descentralizados tengan una tasa de crecimiento anual de sus transferencias con respecto al año anterior, hasta completar los porcentajes de participación de los gobiernos autónomos descentralizados en los ingresos permanentes y no permanentes del presupuesto general del Estado previstos en este Código.
Para el efecto, se establece una banda de crecimiento cuyo mínimo corresponderá a la estimación de la variación del deflactor del Producto Interno Bruto para el año en curso; y cuyo máximo corresponderá a seis veces esta tasa mínima.
En caso de que un gobierno autónomo descentralizado por aplicación del modelo de distribución, y considerando que no puede recibir un monto inferior al asignado en el ejercicio fiscal del año 2008, sus transferencias se incrementarán en al menos esta tasa mínima.
Artículo 205.- Obligatoriedad de las asignaciones.- Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas, y se harán efectivas mediante transferencias desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional a las cuentas de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados.
Este tema requiere de algunos comentarios:
1. El reto principal es cumplir con los principios constitucionales de subsidiariedad, solidaridad y equidad. Esto es que los gobiernos más cercanos a la gente tengan las competencias y los recursos, que estos se distribuyan en mayor cantidad a los GAD más pobres y atrasados.
2. El Código no espera la publicación de la Ley de régimen financiero, sino que define con claridad ingresos permanentes y no permanentes, evitando cualquier discrecionalidad del respectivo ministerio.
3. Para que las conquistas alcanzadas por las provincias, cantones y parroquias no se perjudiquen y para aplicar los principios antes señalados se aplica la norma constitucional con el 21% de los ingresos permanentes y 10% de los no permanentes. En esos montos se incluyen, insisto todas las anteriores preasignaciones. A partir de la aplicación del Código, al crecer los ingresos, crecerá también la participación de los GAD.
4. Se establece que las transferencias tienen por fin atender a todos los ecuatorianos en la prestación de los servicios básicos y se crea un modelo de equidad territorial en la provisión de bienes y servicios públicos con un proceso lógico. 1) Estratificación según el PIB, para dar un tratamiento diferenciado según el nivel de desarrollo y para comparar entre similares 2) Cálculo de lo que constaría al GAD, entregar los servicios; 3) Calcular la capacidad del cada GAD para el financiamiento; 4) Establecer la diferencia que se corregirá con un índice de equidad que no podrá ser menor al cincuenta por ciento, y se aplicará de manera diferenciada por estratos. El objeto de la aplicación de este índice es acelerar el desarrollo de los atrasados sin entorpecer el de los que tienen una mejor situación-
Por lo tanto, es importante revisar una vez más para comprobar que la fórmula propuesta cumpla los conceptos elaborados en esta parte del Código.
2.6 Finalmente deseo hacer un comentario importante, con la clara aceptación de que sería imposible comentar todo el código para una presentación de diez minutos. La Constitución en su TITULO VI. REGIMEN DE DESARROLLO.CAPITULO PRIMERO. Principios Generales, manda. Art. 275. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.
El Código detalla los planes y la forma participativa de desarrollarlos, establece una coordinación entre todos los niveles de gobierno, no sujeta la planificación de los GAD a ninguna autoridad superior y permite el pleno uso de sus autonomías en el ejercicio de sus competencias exclusivas. Así es en todos los países de régimen autonómico actuales; del mismo modo manda que los presupuestos sean elaborados sobre la base de los planes aprobados participativamente, con una metodología de programas, proyectos y procesos, con una limitación a los gastos corrientes.
3. CONCLUSION. Este Código constituye un paso esencial y oportuno para lograr las autonomías, hacer realidad la descentralización y especialmente mejorar la vida de TODOS los ecuatorianos. Espero que las diferencias partidistas, legítimas y deseables, no entorpezcan su aprobación.
Paco Moncayo Gallegos.
Asambleísta por Pichincha.
3/10/2010
Moncayo: Código de Ordenamiento Territorial democratizará el poder
Moncayo: Código de Ordenamiento Territorial democratizará el poder
Miércoles, 10 de marzo de 2010 09:45
El asambleísta del Movimiento Municipalista, Paco Moncayo, indicó que con la aprobación del Código de Ordenamiento Territorial se democratizará el poder y ya no habrá posibilidad de que el Ministerio de Economía manosee los recursos de los gobiernos locales porque con la aplicación de una fórmula el dinero irá de una manera directa y sin intermediarios a los municipios, prefecturas y juntas parroquiales.
Miércoles, 10 de marzo de 2010 09:45
El asambleísta del Movimiento Municipalista, Paco Moncayo, indicó que con la aprobación del Código de Ordenamiento Territorial se democratizará el poder y ya no habrá posibilidad de que el Ministerio de Economía manosee los recursos de los gobiernos locales porque con la aplicación de una fórmula el dinero irá de una manera directa y sin intermediarios a los municipios, prefecturas y juntas parroquiales.
2/06/2010
Informe y observaciones sobre Ley de Bienes Inmuebles Públicos
Observaciones
1. Es importante destacar la importancia de una buena gestión de los bienes públicos en un país donde lamentablemente todavía lo que es bien público no es de nadie, nade se preocupa, nadie preserva, como es fácil ver en las instituciones estatales. En muchas ocasiones personas y autoridades inescrupulosas se apropian de los bienes públicos respaldado por procesos judiciales que les aúpan. En la alcaldía de Quito una de las primeras preocupaciones fue la de crear una unidad de Bienes para la administración de los mismos, con excelentes resultados.
2. Sería muy importante, por lo mismo que existan reglas comunes para todo el sector público y que cada Función y cada nivel de gobierno manejen de forma similar este que es patrimonio de todos.
3. El proyecto presentado no cubre estas expectativas, se refiere a una Función, la Ejecutivo y a un nivel de gobierno, el Central. Lo cual está bien para respetar las autonomías y para proteger a los bienes de los afiliados de la voracidad tradicional de los gobiernos centrales. El proyecto de ley que debatimos tiene como antecedente el Decreto No. 1479 que crea la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, publicado en el Registro Oficial 495, 24-XII-2008, y cuyas disposiciones han sido incorporadas mayoritariamente en el Proyecto de Ley para la Administración de los Bienes Inmuebles del Sector Público.
4. El ámbito de acción del Decreto Ejecutivo 1479 se encuentra bien definido, ya que señala para su aplicación: a las instituciones de la Administración Pública Central e Institucional, y crea y le otorga a esta entidad la rectoría sobre el sistema nacional de gestión inmobiliaria del sector público, cuando debería ser simplemente para el gobierno central.
5. Destaco, que las atribuciones otorgadas a la unidad de gestión parecen las más adecuadas para la entidad y realzo la creación del Catastro único de bienes Inmuebles del Estado (CUBE), registro diferente del catastro manejado por los municipios, que sin duda sirve para controlar y gestionar los bienes inmuebles por la entidad así como por los organismos de control de forma adecuada.
6. Sin embargo, al transformar el Decreto en Proyecto de Ley, en el artículo referido al ámbito del proyecto se señala que las disposiciones de la ley, son de aplicación obligatoria en todas las entidades, organismos y dependencias del sector público, así como en las instituciones financieras públicas, instituciones financieras en saneamiento y liquidación y entidades descentralizadas propietarias de bienes inmuebles ubicados en todos los cantones del país. Dicho sea de paso, si estas instituciones en saneamiento son de régimen transitorio, las disposiciones para ellas deberían ser también transitorias.
7. De conformidad con la norma constitucional la denominación sector público comprende lo siguiente: 1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social; 2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado; 3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado; y, 4. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.
8. Cada función del estado, así como los Gobiernos descentralizados y las entidades como el IESS, ISFA, Universidades, que no son parte ni dependen de ninguna de las funciones del Estado, gozan de independencia y autonomía, razón por la cual no pueden ni debe incluirse dentro del ámbito de aplicación del proyecto de ley enviado por el Ejecutivo. Por lo antes anotado no se considera necesaria ni procedente la exclusión expresa de los bienes de estas entidades contenidas en el artículo uno del proyecto en calidad de excepciones.
9. Al analizar el objeto del proyecto de reforma se revela que el sentido de la norma no es establecer parámetros de gestión o administración de los bienes inmuebles, sino más bien regular las acciones del ente encargado de la administración y disposición de bienes inmuebles del sector público. Es decir que, entre el ámbito y el objeto del proyecto no hay coherencia y como consecuencia se provoca la incompatibilidad de las disposiciones legales.
10. Sobre la base de las observaciones anteriormente efectuadas, considero que si la intención de la ley no es generar un verdadero marco regulatorio, que armonice, potencie o reforme la normativa existente para el manejo, administración y disposición de todos los bienes públicos a nivel nacional, el proyecto de ley presentado debe reducirse a los bienes que correspondan al gobierno central, como fue originalmente en el Decreto Ejecutivo.
Atentamente,
Paco Moncayo Gallegos
1. Es importante destacar la importancia de una buena gestión de los bienes públicos en un país donde lamentablemente todavía lo que es bien público no es de nadie, nade se preocupa, nadie preserva, como es fácil ver en las instituciones estatales. En muchas ocasiones personas y autoridades inescrupulosas se apropian de los bienes públicos respaldado por procesos judiciales que les aúpan. En la alcaldía de Quito una de las primeras preocupaciones fue la de crear una unidad de Bienes para la administración de los mismos, con excelentes resultados.
2. Sería muy importante, por lo mismo que existan reglas comunes para todo el sector público y que cada Función y cada nivel de gobierno manejen de forma similar este que es patrimonio de todos.
3. El proyecto presentado no cubre estas expectativas, se refiere a una Función, la Ejecutivo y a un nivel de gobierno, el Central. Lo cual está bien para respetar las autonomías y para proteger a los bienes de los afiliados de la voracidad tradicional de los gobiernos centrales. El proyecto de ley que debatimos tiene como antecedente el Decreto No. 1479 que crea la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, publicado en el Registro Oficial 495, 24-XII-2008, y cuyas disposiciones han sido incorporadas mayoritariamente en el Proyecto de Ley para la Administración de los Bienes Inmuebles del Sector Público.
4. El ámbito de acción del Decreto Ejecutivo 1479 se encuentra bien definido, ya que señala para su aplicación: a las instituciones de la Administración Pública Central e Institucional, y crea y le otorga a esta entidad la rectoría sobre el sistema nacional de gestión inmobiliaria del sector público, cuando debería ser simplemente para el gobierno central.
5. Destaco, que las atribuciones otorgadas a la unidad de gestión parecen las más adecuadas para la entidad y realzo la creación del Catastro único de bienes Inmuebles del Estado (CUBE), registro diferente del catastro manejado por los municipios, que sin duda sirve para controlar y gestionar los bienes inmuebles por la entidad así como por los organismos de control de forma adecuada.
6. Sin embargo, al transformar el Decreto en Proyecto de Ley, en el artículo referido al ámbito del proyecto se señala que las disposiciones de la ley, son de aplicación obligatoria en todas las entidades, organismos y dependencias del sector público, así como en las instituciones financieras públicas, instituciones financieras en saneamiento y liquidación y entidades descentralizadas propietarias de bienes inmuebles ubicados en todos los cantones del país. Dicho sea de paso, si estas instituciones en saneamiento son de régimen transitorio, las disposiciones para ellas deberían ser también transitorias.
7. De conformidad con la norma constitucional la denominación sector público comprende lo siguiente: 1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social; 2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado; 3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado; y, 4. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.
8. Cada función del estado, así como los Gobiernos descentralizados y las entidades como el IESS, ISFA, Universidades, que no son parte ni dependen de ninguna de las funciones del Estado, gozan de independencia y autonomía, razón por la cual no pueden ni debe incluirse dentro del ámbito de aplicación del proyecto de ley enviado por el Ejecutivo. Por lo antes anotado no se considera necesaria ni procedente la exclusión expresa de los bienes de estas entidades contenidas en el artículo uno del proyecto en calidad de excepciones.
9. Al analizar el objeto del proyecto de reforma se revela que el sentido de la norma no es establecer parámetros de gestión o administración de los bienes inmuebles, sino más bien regular las acciones del ente encargado de la administración y disposición de bienes inmuebles del sector público. Es decir que, entre el ámbito y el objeto del proyecto no hay coherencia y como consecuencia se provoca la incompatibilidad de las disposiciones legales.
10. Sobre la base de las observaciones anteriormente efectuadas, considero que si la intención de la ley no es generar un verdadero marco regulatorio, que armonice, potencie o reforme la normativa existente para el manejo, administración y disposición de todos los bienes públicos a nivel nacional, el proyecto de ley presentado debe reducirse a los bienes que correspondan al gobierno central, como fue originalmente en el Decreto Ejecutivo.
Atentamente,
Paco Moncayo Gallegos
En la Asamblea no hay 63 votos para juicio político
February 4, 2010
www.elcomercio.com
33 legisladores de Alianza País enviaron un cuestionario a Washington Pesántez. Él sostiene que no rehuirá a un juicio político
Alianza País puso a Washington Pesántez en la Fiscalía General de la Nación y, ahora, un grupo de asambleístas de ese movimiento quiere sacarlo.
33 de los 58 legisladores de esa bancada buscan un proceso de fiscalización en su contra. El martes prepararon un cuestionario, en el cual pidieron a Pesántez su declaración de bienes y certificados de relación de parentesco con cinco funcionarios de la Fiscalía: Hernán Pesántez, Víctor Miño, Santiago Acurio, Francisco Moscoso y Cristina Marchán.
“Nosotros, al posesionarnos, hicimos una declaración juramentada en la cual ya demostramos que no tenemos parentesco familiar de ninguna especie con el doctor Pesántez. Eso, me parece, es parte de la persecución en su contra”, dijo Acurio a este Diario.
Los asambleístas también solicitaron datos sobre sus viajes al exterior y la contratación de sondeos para medir su popularidad.
“La Asamblea me envió muchas preguntas, las mismas que, en su momento y de acuerdo con lo que establece la Ley, responderé. No rehúyo a un juicio político, porque será la oportunidad que me da la vida para demostrar que mientras administré la Fiscalía no hubo ningún acto doloso”, enfatizó ayer Pesántez, quien es fiscal general desde el 30 de noviembre de 2007. Esa noche, la mayoría de Alianza País (80 de 130 votos), en Montecristi, decidió destituir al fiscal Jorge German.
Antes, Pesántez había participado en el concurso de oposición y merecimientos para ocupar el cargo. Obtuvo el primer lugar y encabezó la terna enviada al Congreso. Pero allí Sociedad Patriótica, PSC y Prian eligieron a Jorge German, último de la terna.
Pesántez nunca ha escondido su amistad con el presidente y líder de Alianza País, Rafael Correa. Los dos se conocieron cuando estudiaban en la universidad de Lovaina, en Bélgica.
Al llegar al despacho de la Fiscalía General, dijo a este Diario que esa relación le obligaba a ser “severo con sus indagaciones”.
Para la oposición, esa cercanía marcó un precedente negativo en la fiscalización del Régimen. Gilmar Gutiérrez, de Sociedad Patriótica, cree que el pedido de los asambleístas del movimiento gobiernista es la bocanada de oxígeno que necesitaba el presidente Correa para que la atención mediática se descuide de temas como el desempleo, la corrupción, entre otros.
Él no cree que se reunirán los 63 votos que se necesitan para censurar a Pesántez. “Solo hay 33 firmas. Alianza País, para aprobar leyes sensibles, ha reunido 58 y hasta 65 votos. Esto es un show”.
Los siete representantes del Prian están escépticos. Vicente Taiano, de esa bancada, señaló que esperarán las respuestas que envíe el Fiscal.
Hasta ayer, la iniciativa de los 33 asambleístas de Alianza País tenía el apoyo de los siete legisladores del Movimiento Madera de Guerrero y de los cinco del Movimiento Alianza Libertad.
Paco Moncayo, integrante de Alianza Libertad, precisó que si bien sus cuatro compañeros apoyarán la fiscalización, él no participará, porque tiene en su contra una investigación que impulsa la Fiscalía por la contratación del nuevo aeropuerto de Quito. No quiere que su actuación sea considerada como una represalia a los agentes que lo indagan.
Dentro de la bancada legislativa de Alianza País tampoco hay la certeza de sumar más apoyo para censurar al Fiscal General. Los criterios están divididos.
Los legisladores que impulsan la rendición de cuentas del fiscal Washington Pesántez en la Asamblea negaron haber participado en reuniones con otras agrupaciones para completar los 63 votos para la salida del Fiscal.
Según Vethowen Chica, coordinador de la bancada, esperarán la respuesta al cuestionario enviado. “No hay juicio político, iniciamos un proceso de fiscalización”.
Sociedad Patriótica quiere comprobar el avance de la fiscalización, antes de definir una posición. De eso dependerá que sus 17 legisladores se sumen o no a un juicio político contra el Fiscal.
Pesántez se fue con licencia no sin antes elogiar a Correa.
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33 legisladores de Alianza País enviaron un cuestionario a Washington Pesántez. Él sostiene que no rehuirá a un juicio político
Alianza País puso a Washington Pesántez en la Fiscalía General de la Nación y, ahora, un grupo de asambleístas de ese movimiento quiere sacarlo.
33 de los 58 legisladores de esa bancada buscan un proceso de fiscalización en su contra. El martes prepararon un cuestionario, en el cual pidieron a Pesántez su declaración de bienes y certificados de relación de parentesco con cinco funcionarios de la Fiscalía: Hernán Pesántez, Víctor Miño, Santiago Acurio, Francisco Moscoso y Cristina Marchán.
“Nosotros, al posesionarnos, hicimos una declaración juramentada en la cual ya demostramos que no tenemos parentesco familiar de ninguna especie con el doctor Pesántez. Eso, me parece, es parte de la persecución en su contra”, dijo Acurio a este Diario.
Los asambleístas también solicitaron datos sobre sus viajes al exterior y la contratación de sondeos para medir su popularidad.
“La Asamblea me envió muchas preguntas, las mismas que, en su momento y de acuerdo con lo que establece la Ley, responderé. No rehúyo a un juicio político, porque será la oportunidad que me da la vida para demostrar que mientras administré la Fiscalía no hubo ningún acto doloso”, enfatizó ayer Pesántez, quien es fiscal general desde el 30 de noviembre de 2007. Esa noche, la mayoría de Alianza País (80 de 130 votos), en Montecristi, decidió destituir al fiscal Jorge German.
Antes, Pesántez había participado en el concurso de oposición y merecimientos para ocupar el cargo. Obtuvo el primer lugar y encabezó la terna enviada al Congreso. Pero allí Sociedad Patriótica, PSC y Prian eligieron a Jorge German, último de la terna.
Pesántez nunca ha escondido su amistad con el presidente y líder de Alianza País, Rafael Correa. Los dos se conocieron cuando estudiaban en la universidad de Lovaina, en Bélgica.
Al llegar al despacho de la Fiscalía General, dijo a este Diario que esa relación le obligaba a ser “severo con sus indagaciones”.
Para la oposición, esa cercanía marcó un precedente negativo en la fiscalización del Régimen. Gilmar Gutiérrez, de Sociedad Patriótica, cree que el pedido de los asambleístas del movimiento gobiernista es la bocanada de oxígeno que necesitaba el presidente Correa para que la atención mediática se descuide de temas como el desempleo, la corrupción, entre otros.
Él no cree que se reunirán los 63 votos que se necesitan para censurar a Pesántez. “Solo hay 33 firmas. Alianza País, para aprobar leyes sensibles, ha reunido 58 y hasta 65 votos. Esto es un show”.
Los siete representantes del Prian están escépticos. Vicente Taiano, de esa bancada, señaló que esperarán las respuestas que envíe el Fiscal.
Hasta ayer, la iniciativa de los 33 asambleístas de Alianza País tenía el apoyo de los siete legisladores del Movimiento Madera de Guerrero y de los cinco del Movimiento Alianza Libertad.
Paco Moncayo, integrante de Alianza Libertad, precisó que si bien sus cuatro compañeros apoyarán la fiscalización, él no participará, porque tiene en su contra una investigación que impulsa la Fiscalía por la contratación del nuevo aeropuerto de Quito. No quiere que su actuación sea considerada como una represalia a los agentes que lo indagan.
Dentro de la bancada legislativa de Alianza País tampoco hay la certeza de sumar más apoyo para censurar al Fiscal General. Los criterios están divididos.
Los legisladores que impulsan la rendición de cuentas del fiscal Washington Pesántez en la Asamblea negaron haber participado en reuniones con otras agrupaciones para completar los 63 votos para la salida del Fiscal.
Según Vethowen Chica, coordinador de la bancada, esperarán la respuesta al cuestionario enviado. “No hay juicio político, iniciamos un proceso de fiscalización”.
Sociedad Patriótica quiere comprobar el avance de la fiscalización, antes de definir una posición. De eso dependerá que sus 17 legisladores se sumen o no a un juicio político contra el Fiscal.
Pesántez se fue con licencia no sin antes elogiar a Correa.
1/30/2010
Paco Moncayo insiste en que nunca vio a Abdalá Bucaram llevándose sacos de dinero de Carondelet
Paco Moncayo insiste en que nunca vio a Abdalá Bucaram llevándose sacos de dinero de Carondelet
El ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ratifica el contenido de la carta que dirigió al hijo del ex Presidente
No, Abdalá Bucaram Ortiz, el ex presidente de la República, no salió nunca del Palacio de Carondelet, el día del golpe de Estado del 7 de febrero de 1997, con sacos de dinero, como lo afirmaba la prensa de esos días. Quien así lo señala es el ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el general Paco Moncayo, quien estuvo en los últimos momentos del ex Jefe de Estado antes de que este abandone Quito aquel día. El hoy también asambleísta hizo pública esta revelación a través de una carta que dirigió al también legislador Abdalá Bucaram Pulley, hijo del ex mandatario, hoy asilado político en Panamá.
El general Moncayo explica cómo es que se da su acercamiento con Abdalá Bucaram Pulley: “El hijo de Abdalá Bucaram es ahora mi compañero asambleísta (…), y este joven, que no puede hacer que otra cosa que lo que está haciendo, pues, reivindicar su apellido, el nombre de su padre, entonces él se ha acercado a hablar conmigo, a decirme: ‘Mire, Paco, no debemos guardar resentimientos, no debemos guardar odios, yo creo que la política del Ecuador ha sufrido mucho por eso, porque se han tomado las decisiones sobre sentimientos negativos‘, y me ha dicho: ‘Yo quisiera saber qué fue lo que pasó exactamente, y usted fue un actor importante en esa época’”.
“Una cosa que a mí me ha enternecido de este joven legislador es cuando en la Asamblea dice: ‘Ustedes no saben lo que es ver que le saquen al padre de uno de la casa la policía en Panamá, porque le encuentran un kilo de cocaína en su carro; verle arrastrado al padre de uno a la cárcel, tomarlo fotos con traje de rayas, porque el gobierno le mandó a poner, con agentes internacionales, pagados por el gobierno, le mandó a poner esa droga’… Mire usted, yo, créame que digo, yo, de hijo, no descansaría”, agregó el asambleísta durante la entrevista que dio al programa “El Poder de la Palabra” de Ecuadorinmediato.com/radio.
El asambleísta expresó que, “tomando en cuenta que este chico no tiene porqué seguir sufriendo sin conocer la verdad, y también considerando que su propio padre, el padre de Abdalá Bucaram Pulley, me ha calumniado a mí de las maneras más atroces, entonces, yo digo: es justo que se sepa la verdad”.
Reconoce que es muy difícil ser al mismo tiempo historiador y actor, sin embargo, asegura que en la carta que envió a Abdalá Bucaram Pulley no pone nada que no esté en actas, en referencia a las que existe en el Consejo de Seguridad, en donde se registraron las reuniones a las que se refiere Moncayo en su misiva.
De acuerdo con Paco Moncayo, “el presidente Bucaram tuvo cosas buenas, pésimas, como pocos hombres, inclusive él ya sabemos cómo es de temperamento, todo eso, pero mire, él hizo cosas interesantes. Por ejemplo, no cambió el Comando (Conjunto de las Fuerzas Armadas), no cambió la Cancillería y tuvo al frente, en momentos tan difíciles, a las personas con experiencia”.
El asambleísta continúa con su relato: “Mire, si él cuando recibe el Plan Zorro, forjado por Montesinos, suplantando mi firma, y de no ser por dos errores, claro, el presidente Bucaram también me hubiera botado del cargo, pero lo que pasa es que ahí, aparentemente, yo estaba dando ya una orden para botarlo al presidente Bucaram, pero se equivoca el señor Montesinos, porque aquí nosotros llamamos zonas militares, y en el Perú llaman regiones militares, y ponen en el plan: Primera región militar, Segunda región militar… y se equivoca en el nombre de Sandoval, que se llaman Telmo Sandoval, el general, y le ponen un nombre distinto, entonces, cuando me llama el general Bayas, le digo: ‘A ver, Víctor, lee, pues, es un documento forjado en el Perú’”.
En la carta, Paco Moncayo cuenta cómo es que se despidió del ex presidente Bucaram, “porque si algo debe ser un militar, es decente. Le hago notar que yo estuve junto al Presidente hasta el último minuto, corriendo los riesgos, en la casa (Presidencial), no mandé a un mayor a decirle o no mandé por teléfono ni llamé a la prensa a decir… Yo estuve con él, por eso también le digo, no es como decían, igual que Honduras. En Honduras le sacaron al Presidente de la cama; aquí el Presidente se fue con sus pies, en un avión, con sus amigos, sin que nadie le apunte una pistola, en definitiva, si él se quedaba a defender su espacio, habría sido distinto; él se fue por sus pies. Yo estuve hasta el último minuto; mire, a los hermanos les sacamos del Congreso, porque querían lincharlos, (…), porque eran legisladores, y a su familia le sacamos, el general Manuel Suárez, que es el comandante de la Zona de Defensa, les puso chompas militares, gorras militares y les sacó en un bus militar. Yo por eso decía: le salvamos la vida a toda la parentela y encima este señor abogado Bucaram me ha dicho de todo”.
Respecto a la afirmación que siempre se lanzó, de que Bucaram Ortiz salió del Palacio de Carondelet cargando sacos de dinero, Paco Moncayo, quien dijo que estuvo en todo momento con el ex Jefe de Estado, asegura que nunca vio tal situación, porque si eso hubiese pasado, él los habría hecho meter presos.
Oir entrevista de audio:
http://ecuadorinmediato.com/Noticias/news_user_view/paco_moncayo_insiste_en_que_nunca_vio_a_abdala_bucaram_llevandose_sacos_de_dinero_de_carondelet_audio--120587
El ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ratifica el contenido de la carta que dirigió al hijo del ex Presidente
No, Abdalá Bucaram Ortiz, el ex presidente de la República, no salió nunca del Palacio de Carondelet, el día del golpe de Estado del 7 de febrero de 1997, con sacos de dinero, como lo afirmaba la prensa de esos días. Quien así lo señala es el ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el general Paco Moncayo, quien estuvo en los últimos momentos del ex Jefe de Estado antes de que este abandone Quito aquel día. El hoy también asambleísta hizo pública esta revelación a través de una carta que dirigió al también legislador Abdalá Bucaram Pulley, hijo del ex mandatario, hoy asilado político en Panamá.
El general Moncayo explica cómo es que se da su acercamiento con Abdalá Bucaram Pulley: “El hijo de Abdalá Bucaram es ahora mi compañero asambleísta (…), y este joven, que no puede hacer que otra cosa que lo que está haciendo, pues, reivindicar su apellido, el nombre de su padre, entonces él se ha acercado a hablar conmigo, a decirme: ‘Mire, Paco, no debemos guardar resentimientos, no debemos guardar odios, yo creo que la política del Ecuador ha sufrido mucho por eso, porque se han tomado las decisiones sobre sentimientos negativos‘, y me ha dicho: ‘Yo quisiera saber qué fue lo que pasó exactamente, y usted fue un actor importante en esa época’”.
“Una cosa que a mí me ha enternecido de este joven legislador es cuando en la Asamblea dice: ‘Ustedes no saben lo que es ver que le saquen al padre de uno de la casa la policía en Panamá, porque le encuentran un kilo de cocaína en su carro; verle arrastrado al padre de uno a la cárcel, tomarlo fotos con traje de rayas, porque el gobierno le mandó a poner, con agentes internacionales, pagados por el gobierno, le mandó a poner esa droga’… Mire usted, yo, créame que digo, yo, de hijo, no descansaría”, agregó el asambleísta durante la entrevista que dio al programa “El Poder de la Palabra” de Ecuadorinmediato.com/radio.
El asambleísta expresó que, “tomando en cuenta que este chico no tiene porqué seguir sufriendo sin conocer la verdad, y también considerando que su propio padre, el padre de Abdalá Bucaram Pulley, me ha calumniado a mí de las maneras más atroces, entonces, yo digo: es justo que se sepa la verdad”.
Reconoce que es muy difícil ser al mismo tiempo historiador y actor, sin embargo, asegura que en la carta que envió a Abdalá Bucaram Pulley no pone nada que no esté en actas, en referencia a las que existe en el Consejo de Seguridad, en donde se registraron las reuniones a las que se refiere Moncayo en su misiva.
De acuerdo con Paco Moncayo, “el presidente Bucaram tuvo cosas buenas, pésimas, como pocos hombres, inclusive él ya sabemos cómo es de temperamento, todo eso, pero mire, él hizo cosas interesantes. Por ejemplo, no cambió el Comando (Conjunto de las Fuerzas Armadas), no cambió la Cancillería y tuvo al frente, en momentos tan difíciles, a las personas con experiencia”.
El asambleísta continúa con su relato: “Mire, si él cuando recibe el Plan Zorro, forjado por Montesinos, suplantando mi firma, y de no ser por dos errores, claro, el presidente Bucaram también me hubiera botado del cargo, pero lo que pasa es que ahí, aparentemente, yo estaba dando ya una orden para botarlo al presidente Bucaram, pero se equivoca el señor Montesinos, porque aquí nosotros llamamos zonas militares, y en el Perú llaman regiones militares, y ponen en el plan: Primera región militar, Segunda región militar… y se equivoca en el nombre de Sandoval, que se llaman Telmo Sandoval, el general, y le ponen un nombre distinto, entonces, cuando me llama el general Bayas, le digo: ‘A ver, Víctor, lee, pues, es un documento forjado en el Perú’”.
En la carta, Paco Moncayo cuenta cómo es que se despidió del ex presidente Bucaram, “porque si algo debe ser un militar, es decente. Le hago notar que yo estuve junto al Presidente hasta el último minuto, corriendo los riesgos, en la casa (Presidencial), no mandé a un mayor a decirle o no mandé por teléfono ni llamé a la prensa a decir… Yo estuve con él, por eso también le digo, no es como decían, igual que Honduras. En Honduras le sacaron al Presidente de la cama; aquí el Presidente se fue con sus pies, en un avión, con sus amigos, sin que nadie le apunte una pistola, en definitiva, si él se quedaba a defender su espacio, habría sido distinto; él se fue por sus pies. Yo estuve hasta el último minuto; mire, a los hermanos les sacamos del Congreso, porque querían lincharlos, (…), porque eran legisladores, y a su familia le sacamos, el general Manuel Suárez, que es el comandante de la Zona de Defensa, les puso chompas militares, gorras militares y les sacó en un bus militar. Yo por eso decía: le salvamos la vida a toda la parentela y encima este señor abogado Bucaram me ha dicho de todo”.
Respecto a la afirmación que siempre se lanzó, de que Bucaram Ortiz salió del Palacio de Carondelet cargando sacos de dinero, Paco Moncayo, quien dijo que estuvo en todo momento con el ex Jefe de Estado, asegura que nunca vio tal situación, porque si eso hubiese pasado, él los habría hecho meter presos.
Oir entrevista de audio:
http://ecuadorinmediato.com/Noticias/news_user_view/paco_moncayo_insiste_en_que_nunca_vio_a_abdala_bucaram_llevandose_sacos_de_dinero_de_carondelet_audio--120587
1/29/2010
Carta a Abdalá Bucaram Pulley
Quito, 19 de enero, 2010.
Señor Asambleísta.
Abdalá Bucaram Pulley
Ciudad.-
De mi consideración:
Entiendo perfectamente la forma como ha marcado su vida y la de su familia los acontecimientos de la vida política de su señor padre, el abogado Abdalá Bucaram Ortiz y creo que es mi deber responder a su pedido de información sobre la participación de las Fuerzas Armadas en los acontecimientos de 1997.
Hace ya quince años el país enfrentó con éxito la campaña militar del Cenepa, enfrentamiento provocado por los apetitos de poder y megalomanía del ex presidente del Perú, Alberto Fujimori, acolitado por personajes funestos para su propio país y para el Ecuador como Vladimiro Montesinos.
El éxito militar y la conducción prudente de las negociaciones diplomáticas permitieron que el arquitecto Sixto Durán Ballén pueda gobernar en un ambiente de relativa tranquilidad política, solamente alterada por los problemas del Vicepresidente, economista Alberto Dahik, que derivaron en su renuncia del cargo y abandono del país.
En agosto de 1995 fui nombrado Comandante General del Ejército y desempeñaba esas funciones cuando se realizó la campaña electoral en que triunfó su padre, Como siempre, en esta ocasión, los dos aspirantes a la presidencia conversaron directa o indirectamente con los mandos militares, sobre el nombramiento de los altos cargos militares. Yo me negué a dichas reuniones, porque quería dar un ejemplo de profesionalismo y no politización. Cuando se acercaron a solicitarme reuniones con los candidatos, simplemente respondí que hablaría con el triunfador de las elecciones si me llamaba, como en efecto sucedió, cuando triunfó el abogado Bucaram.
En esos tiempos, el Perú inició un proceso de rearme y fortalecimiento militar que, por informes de inteligencia recibidos, obedecían a las presiones de sus Fuerzas Armadas para buscar el desquite. Para ese fin trabajaba Montesinos en operaciones encubiertas en nuestro propio territorio, intentando crear desconfianza entre los actores políticos y los mandos militares. No podemos olvidar que vivíamos un frágil armisticio con nuestro vecino del Sur.
Antes de posesionarse, su padre me invitó a reunirme con él en Guayaquil, lo que en efecto sucedió y, en esa ocasión, con gran despliegue de medios, me ofreció el cargo de jefe del Comando Conjunto, que acepté inmediatamente. Para mí no solamente era la culminación de mi carrera militar, sino especialmente, un deber con mi país, en las complejas circunstancias de las negociaciones de paz. El Presidente electo aseguró algo como: “Yo soy el líder político de este país, usted es el líder militar. Vamos a trabajar juntos.”
El abogado Bucaram actuó con responsabilidad al mantener al embajador Galo Leoro Franco al frente de la Cancillería y no desmanteló los mandos militares.
Mis relaciones con su padre fueron respetuosas y profesionales; no recuerdo sino un hecho que pudo haber creado desconfianza y que estimamos fue maquinado por la inteligencia militar peruana por la gran cobertura que tuvo en ese país; se trataba del falso “Plan Zorro”, que presuntamente teníamos las Fuerzas Armadas para dar un golpe de Estado. No fue difícil que el general Víctor Bayas, Ministro de Defensa demostrara al Presidente la falacia porque en el forjado documento constaba equivocado el nombre del general Telmo Sandoval, a quien presuntamente iba dirigido; también se equivocaban al hablar de regiones militares a la usanza peruana, cuando en nuestro país usamos la denominación de zonas militares. Mi firma era superpuesta.
En otra ocasión, el helicóptero de escolta del Presidente sufrió un percance, se habló de un atentado fallido, su padre nos convocó a su domicilio nos reclamó y yo le respondí firmemente que debía confiar en los mandos, que jamás nos prestaríamos para un acto de esa naturaleza y que exigiríamos los más estrictos controles a los responsables para que no vuelvan a sucederse ese tipo de percances.
Por un elemental sentido de responsabilidad, mi principal preocupación estaba enfocada en el avance de las negociaciones de la paz, en mantener a las Fuerzas Armadas preparadas para el evento de la reiniciación del conflicto, y en mantenerlas totalmente alejadas de la política interna, siempre corrosiva. Jamás, ni como lejana tentación, pasó por mi cabeza realizar un acto antidemocrático que, por otra parte, habría podido servir de pretexto para reiniciar el conflicto armado.
Los días 23, 24 y 25 de enero de 1997 la Academia de Guerra de la Fuerza Terrestre realizó en sus instalaciones un ejercicio de seguridad interna, sobre los escenarios que se veían venir y, al término del cual presentamos al Presidente una información completa y algunas recomendaciones a fin de evitar que se agrave el conflicto.
El lunes siguiente, 27 de enero, fuimos invitados a la ciudad de Durán a la entrega de las viviendas del programa del gobierno, único caso de participación del Jefe del Comando Conjunto en un acto oficial de esa naturaleza.
En el mes de febrero la situación interna del país se agravó. Hubo escasez de combustibles, se cerraron carreteras, hubo también amenazas de bombas en edificios públicos, estudiantes marcharon hacia el Congreso a reclamar por las medidas económicas y el transporte interprovincial dejó de operar. El Frente Unitario de Trabajadores anunció que el paro convocado para el día 5 se extendería hasta el fin de semana y que si el presidente Bucaram no abandonaba el cargo continuarían las medidas de hecho.
Se organizó el Frente Patriótico con movimientos sindicales y organizaciones sociales a los que se sumó la CONAIE, que anunció un levantamiento indefinido hasta que el Presidente abandone el poder. Posteriormente se sumaron los partidos políticos. Con la firma de sus líderes, exigían un gobierno de transición que debía designar el Congreso.
En esas circunstancias, el día 4, el Ministro de Defensa y el mando militar invitamos al Presidente a un almuerzo por su cumpleaños en el Club Naval. La situación era grave, analizamos opciones que incluían mover la sede del Ejecutivo a Manabí, lo cual desaconsejamos unánimemente los militares, que asesoramos manejar la crisis desde el Palacio de Gobierno.
El Presidente convocó a reunión del Consejo de Seguridad Nacional para conocer sobre la situación, especialmente sobre la actitud del Congreso en torno a su destitución. A la reunión no asistió el Presidente del Congreso ni el de la Corte Suprema de Justicia. Esa reunión fue de lo más dura, unos miembros del Consejo recomendaban que el Presidente ordene el cierre del Congreso. De mi parte, la recomendación fue que eso sería atentar contra la Constitución y que debía buscarse una solución legal negociada. El Presidente descartó la clausura.
El día 5 el Comando Conjunto mantuvo el seguimiento de la aplicación de los planes de operaciones de Defensa Interna se comenzaron a aplicar en la fase correspondiente. El denominado Paro Cívico Nacional convocado por los sectores productivos y sociales, transcurrió sin novedades mayores. El Presidente plegó simbólicamente al paro y dijo entender la situación económica creada por las medidas económicas, que planteó iba a revisar.
En uso de sus facultades constitucionales el Gobierno comunicó a las nueve y cuarenta y cinco el decreto de Movilización con la advertencia de que las sanciones se aplicarían con sujeción a lo establecido en el Código Penal Militar.
Los Alcaldes de las principales ciudades, ex mandatarios constitucionales, ex candidatos, líderes sindicales y gremiales encabezaron las marchas Dados los rumores que se difundían en todo el país, ese día las Fuerzas Armadas tuvimos que emitir un comunicado sobre la situación y sobre la falsedad de la detención del Presidente del Congreso.
Cuando intentaron ingresar al palacio legislativo, se mantuvo la protección policial y militar, se incluyó en el impedimento de inceso al alcalde Jamil Mahuad quien, a nombre de la Asamblea de la Ciudad, apoyaba la salida del Presidente. El Comandante de la Zona de Defensa, general Manuel Suárez quien logró evacuar a la familia del Presidente vistiéndoles con uniformes militares.
En la mañana del día seis, el Presidente del Congreso buscaba lograr los votos para designar el gobierno de transición. César Verduga anunció que el presidente interino podría ser el Presidente del Congreso o el de la Corte Suprema de Justicia y que Rosalía Arteaga estaba excluida.
El gobierno, buscando tranquilizar a la población, anunció la suspensión de las medidas económicas decretadas.
Por disposición del Ministro de Defensa convoqué a reunión del Consejo Ampliado de Generales y Almirantes, Consta así en la respectiva Acta: “En la ciudad de Quito, a las 1630 horas , en el Auditorio de la Fuerza Aérea, con la presencia de todos los señores Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y el Sr. Gral. Marco Hinojosa, Comandante General de la Policía Nacional, presididos por el Sr. Grae. VICTOR BAYAS G., Ministro de Defensa Nacional, se inicia esta sesión para conocer y analizar la situación interna que vive el país, y los problemas suscitados con relación a la estabilidad del gobierno del Sr. Presidente de la República, Ab. Abdalá Bucaram O.
El Sr. Ministro, interviene relievando(sic.) que las FFAA se han mantenido al margen de la política en estricto cumplimiento de la Constitución, velando por la institucionalidad, por lo que plantea abordar el tema considerando las siguientes premisas:
- Reafirmar la unidad institucional
- Que el Alto Mando no pliegue a ninguna dictadura, y
- Que frente a cualquier situación, los mandos militares deben mantenerse como están configurados.
Indica que este planteamiento también hará conocer al Sr. Presidente de la República y a las 1645 horas, se retira dejando la Presidencia a cargo del Sr.GRAE. Paco Moncayo G., Jefe del COMACO.”
Luego de un amplio debate sobre la situación interna, el Consejo Ampliado el tema, a las 1830 horas se emite un comunicado de las FFAA. al país expresando que la salida de la crisis debía lograrse por medio de la concertación y la legalidad, llamamos a la cordura y ratificamos nuestra decisión de respetar la Constitución y mantener la paz ciudadana.
En esos mismos momentos conocimos que el Presidente recibió al Secretario General de la OEA, César Gaviria Trujillo, que había venido al país por su requerimiento, para apoyar el mantenimiento del orden constitucional.
A las 2000 horas, el Alto Mando Militar fuimos llamados a la Presidencia de la República, En esa reunión revisamos las medidas de seguridad del Mandatario y sus colaboradores y se nos informó, que esperaba poder solucionar políticamente el problema toda vez que contaba con el apoyo de varios diputados que se encontraban ese momento en Palacio y a quienes pudimos observar reunidos en el Salón de Sesiones del Gabinete. .
A las 2230 horas, llegaron la Vicepresidenta de la República, Dra. Rosalía Arteaga S. y del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Carlos Solórzano quienes, luego del análisis de la situación, coincidieron en expresar que el Congreso Nacional estaría violando la Constitución en caso de destituir al Presidente de la República aplicando el artículo 100, literal d. y de nominar un Presidente Interino.
La Sra. Vicepresidenta expresó, además, que la sucesión presidencial en ausencia definitiva del Presidente fue aprobada por mayoría absoluta por el H. Congreso Nacional, durante el Gobierno del Arq. Sixto Durán Ballén, correspondiéndole al Vicepresidente dicha sucesión, pero que, por error en la codificación, el Congreso actual le niega este derecho, que por ley le asiste.
A esa hora, se conoce la resolución del H. Congreso Nacional de destituir al Presidente de la República en aplicación del Art. 100 literal d, y la nominación de un Presidente Interino en la persona del Dr. Fabián Alarcón R., ante lo cual el Presidente Bucaram da a conocer que no acatará tal resolución.
A las 23:00 horas y con los argumentos expresados por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Ampliado decidió no aceptar la decisión del Congreso, porque no podían 44 voluntades dar al traste con los procedimientos constitucionales. Entonces emitimos un segundo comunicado invocando al pueblo ecuatoriano a respaldar la concertación y al diálogo como únicos instrumentos válidos para mantener la vigencia de una democracia auténtica.
Alas 23:55 horas arribó una comisión del Congreso conformada por los diputados Franco Romero, Heinz Meller y Carlos Vallejo. El diputado Franco Romero, en representación del Congreso Nacional, explicó que ante la aguda crisis que venía afrontando el país en las últimas semanas, se vieron obligados a convocar a un Congreso extraordinario a través del cual llegaron a la resolución que pidió dar lectura por Secretaría. En la resolución se declaraba la incapacidad mental del Abogado Abdalá Bucaram y el cese de funciones, así como la designación del doctor Fabián Alarcón como Presidente Constitucional.
Como Jefe del COMACO, confirmé la recepción del documento, aseguré que teníamos una Institución bien modelada, con un bien ganado prestigio, por lo que su conducta sería serena y responsable; seguiremos cumpliendo nuestro deber y evitaremos el caos. Afirmé que las FFAA expresarán su opinión, luego del análisis del documento y finaliza indicando que nos encontramos férreamente unidos, por lo que cualquier intento que afecte a esa unión será rechazado.
El Dr. Heinz Meller, aclaró que se cuestionaba la decisión del Congreso; que le preocupa la situación internacional con el Perú, que se encontraba en plena fase de negociaciones. Que el Art. 1 de la Constitución establece la soberanía de las funciones del Estado y espera que la decisión de FFAA se dé en función de país.
El Diputado Carlos Vallejo, expresó que ni el Parlamento, ni grupo político alguno se permitirá resquebrajar la unidad de las FFAA. Manifestó, además, que se encontraban en defensa de la institucionalidad, porque el Presidente había traicionado el respaldo recibido del pueblo.
Ya el día 7 de febrero a los veinte minutos de iniciado el día, recibí un llamado del la Vicepresidenta haciéndome conocer que ante el vacío de poder que se había producido por la resolución inconstitucional del Congreso había decidido asumir la Presidencia de la República y que pedía el respaldo de las Fuerzas Armadas, además me ofreció el Ministerio de Defensa a lo que respondí indignado que no está pensando en mi situación personal sino en la crítica situación del país y que cualquier decisión se haga conocer al mando. Lo cual se realizó y a la una y media llegó el doctor Nelson Robelli portando el Decreto por el cual la señora vicepresidenta asumía la Presidencia.
A esas mismas horas, manifestantes pedían la salida del Presidente en los alrededores del Palacio de Carondelet.
Frente a los hechos suscitados y con tres autoridades exigiendo la obediencia de las Fuerzas Armadas decidimos hacer un nuevo llamado al diálogo a las tres autoridades, sin tomar partido, e insistimos en la necesidad de una salida constitucional.
A las 02:20, se conoce una declaración del Tribunal de Garantías Constitucionales a través del cual manifiesta la inconstitucionalidad de la destitución del Presidente Bucaram y felicita la acción democrática y constitucional de las FFAA.. A esta hora se incorporan al Consejo los. Oficiales Generales de la Policía Nacional.
A las 03:00, se realiza una rueda de prensa, y hacemos conocer un nuevo comunicado invitando al diálogo a las partes para obtener una salida constitucional y exhortando al pueblo a mantener la calma.
A las once de la mañana el presidente Bucaram invitó a los presidentes del Congreso y de la Corte Suprema de Justicia aceptando el diálogo; a las once y media el doctor Fabián Alarcón declaró que solamente había un presidente de la República y convocó al pueblo a salir a las calles, como en efecto sucedió. Recibí una llamada pidiéndome que me una a la “marcha del pueblo” a lo que me negué y responsabilicé a él y a los políticos de la sangre que pueda derramarse en esa marcha al Palacio.
A las 1600 horas se reinstala la sesión del Consejo Ampliado. Los Generales, al retornar de sus unidades miitares informan de la situación, se conoce el contenido de un comunicado del gobierno de los Estados Unidos de Norte América, documento a través del cual expresan su preocupación por la situación que vive Ecuador y resaltando la actuación de FFAA, a más de su esperanza por una solución pacífica. También se recibieron criterios positivos de países como Chile y Argentina, que destacaban la actuación de Fuerzas Armadas ecuatorianas. Les informé también de las visitas recibidas por parte de de la Asociación de Generales en Servicio Pasivo, el Frente Unitario de Trabajadores, las Cámaras de la Producción, quienes pedían se obedezca el mandato del Congreso. La respuesta siempre fue que no era esa nuestra obligación.
Los oficiales generales informaron que había enorme preocupación en las tropas y que en los cuarteles se creía que debía obedecerse las decisiones del Congreso. Luego de largos análisis, el Consejo acordó que el Mando Militar se desplace hasta donde el Presidente Bucaram a expresarle que su presencia en el Palacio ante la situación que se vivía era un serio peligro para su seguridad y la de sus colaboradores; que se le invite a abandonar el mismo y que, dadas las circunstancias, era imposible continuar respaldándole; de igual modo que se siga solicitando una solución constitucional.
Los miembros del Comando Conjunto salimos, a las 14:30, sale con destino al Palacio Presidencial.
En el despacho presidencial se produjo una tensa reunión, con presencia de los colaboradores cercanos del Presidente, quien me invitó a un cuarto aledaño a su oficina y me planteó que como 44 diputados o un Consejo de Generales podían resolver contra la decisión dada por el pueblo en las urnas. Yo le expliqué que estábamos sitiados, que se intentaba asaltar el Palacio y que esto podía dar lugar a un grave derramamiento de sangre.
De vuelta al despacho presidencial, acordaron encargar la presidencia a la Vicepresidenta hasta que se calmen los ánimos y se retorne a la normalidad. Llegó la Vicepresidenta, no hubo acuerdo y el presidente planteó que su presencia en el lugar podía ocasionar un problema mayor y que viajaría a Guayaquil. Con el Grupo de Operaciones Especiales, se organizó la evacuación con todo éxito.
Al despedirnos, le dije al Presidente que lamentaba este desenlace y que había cumplido mi deber con lealtad. Abdalá Bucaram se despidió agradeciéndome y asegurando que yo era un caballero. Esto lo reiteró a su llegada a Guayaquil.
El sábado 8 de febrero visitaron el Ministerio de Defensa varias personalidades de la política nacional pidiendo unos el respaldo a la Vicepresidenta y otros al doctor Alarcón. Nuestra respuesta: Nosotros no vamos a ser árbitros de este conflicto. Que las tres autoridades busquen un acuerdo.
Cuando a las tres de la tarde reinstalamos la sesión del Consejo ampliado informé a los generales sobre las actividades de la mañana y tarde. El planteamiento del doctor Heinz Meller de lograr una solución constitucional aceptando que está cesante el Presidente Bucaram, se encargue el poder a la Vicepresidenta y se convoque al Congreso a encontrar un proceso de sucesión constitucional.
Les informé también que el señor general Víctor Bayas había presentado su renuncia y que conforme a las leyes militares estaba a cargo de esa Cartera de Estado hasta que se nombre al titular. Poco después ingresó al auditorio el Ministro cesante y manifestó que con lealtad institucional, de acuerdo a su planteamiento inicial, presentó su renuncia; agradeció por el apoyo prestado y se despidió deseando suerte a la Institución.
Continuábamos reunidos. Mientras el Congreso seguía firme en su postura de apoyar al Dr. Alarcón, el Abogado Bucaram en Guayaquil aseguraba que seguía siendo el Presidente Constitucional, del mismo modo que la Vicepresidenta. El país continuaba en el dilema de contar con tres presidentes.
En una nueva visita, el doctor. Heinz Meller me hizo conocer que, con el apoyo del Abogado Jaime Nebot planteaba la siguiente solución :
1.- El Congreso se ratifica en su posición de destituir al Abogado Bucaram.
2.- El Congreso nombra otro Presidente y
3.- Se convoca a una consulta popular para legitimar el proceso.
El Abogado Jaime Nebot llamó telefónicamente. Participó en la conversación el ingeniero León Febres Cordero, quien se refirió a la urgencia de hallar una salida porque el país no podía continuar en esa situación de caos. La respuesta es que las Fuerzas armadas están de acuerdo, pero piden una salida constitucional.
A la media noche, llegaron los jefes de los distintos bloques del Congreso nacional s dialogar con el Mando Militar y hacen conocer sobre una solución negociada con la señora Vicepresidenta, en los siguientes términos:
1. Se ratifica la destitución del Presidente Bucaram.
2. A pedido del Dr. Fabián Alarcón se deja sin efecto su nominación como Presidente Interino.
3. Se encarga el poder a la Sra. Vicepresidenta hasta que se nombre constitucionalmente al Presidente Interino.
Plantean que con esta proposición, se obtendría una salida constitucional que se nos explicó contaba con los dos tercios de los votos de los miembros del Congreso.
Expliqué entonces a los legisladores cual había sido la posición institucional de las Fuerzas Armadas, fieles a la democracia y a la constitucionalidad, Que las Fuerzas Armadas acataríamos las resoluciones del Congreso, que tenía mayoría de 57 legisladores; que la institución no aceptaba ser consultada porque sería inconstitucional hacerlo. Pedí que se respete a los mandos y puse mi cargo a disposición del Congreso.
Inmediatamente informé al Consejo Ampliado sobre lo tratado y recibimos el respaldo unánime de sus miembros. Se nombró entonces una comisión para que redacte un nuevo comunicado que fue conocido y aprobado. El comunicado decía: “Una vez que
El Congreso Nacional ha ratificado la cesación de funciones el Sr. Abogado Abdalá Bucaram Ortiz como Presidente Constitucional de la República, el Sr. Doctor Fabián Alarcón Rivera ha pedido al Congreso Nacional deje insubsistente su nombramiento como Presidente Constitucional Interino y la Sra. Doctora Rosalía Arteaga Serrano ha retirado su nominación como Presidenta y que el Congreso Nacional ha encargado temporalmente la Presidencia de la República a la Sra. Rosalía Arteaga, hasta el nombramiento del Presidente Constitucional Interino, las Fuerzas Armadas reafirman su inquebrantable vocación democrática y de respeto absoluto a la Constitución y Leyes de la República y subordinan la Institución a la autoridad legítimamente elegida por el Congreso Nacional; exhortan al pueblo ecuatoriano a mantenerse férreamente unido en aras de la paz y el progreso del país.”
El día 11 de febrero, su padre abandonó el país, la Vicepresidenta renunció al encargo de la presidencia y el doctor Alarcón fue designado Presidente Interino.
El día martes 12 de febrero, a las cuatro de la tarde, reinstalamos la sesión del Consejo Ampliado. Informé a los oficiales generales de los últimos acontecimientos y destaqué que con un mando unificado, con el consenso de los miembros, aplicando profesionalmente los planes y la doctrina, se había logrado una participación legal y positiva de la Fuerza Pública. La doctrina de seguridad interna se había mostrado adecuada para enfrentar un caso tan difícil y el Plan de Defensa Interna funcionó a cabalidad. Felicité a las Fuerzas de Tarea por el su comportamiento profesional, al haber operado con sensatez e inteligencia, protegiendo los derechos humanos, orientados por los valores, principios y doctrina para mantener la unidad nacional y el sistema democrático.
Esa es la realidad de los hechos. Existen las actas y grabaciones que dan fe de todo lo aquí relatado. Cabe entonces una pregunta: ¿Podía un mando militar haber adoptado un comportamiento más firme y leal al Presidente Bucaram y a la democracia, en circunstancias como las vividas? ¿Dónde un atisbo de interés o ambición personal?
Tengo mucha información de la prensa peruana que desinformaba al mundo sobre mis ambiciones presidenciales, sobre el golpe fraguado por mi persona, y sobre la corrupción de mis actos. Lastimosamente su padre abonó a esa y otras campañas en contra de mi honor, de las que jamás hice caso, porque estaban absolutamente fuera de la realidad.
Todo esto lo he escrito pensando en usted, en su angustia de hijo y en el dolor de toda su familia. No puedo sentirme culpable de lo sucedido, aunque no dejo de solidarizarme con su pesar, que espero termine pronto. Sobre si yo supe u observé de sacos de dinero que llevaron de Palacio el día 7 de febrero, puedo afirmar que no. Solamente leí y escuché de esas acusaciones en los medios, posteriormente.
Esa es la información que le entrego, junto a mi autorización para que pueda usarla conforme a su mejor interés. Hay personas del equipo de gobierno de su padre que estuvieron presentes en todos estos momentos. Ellos podrán certificar lo que he dicho.
Paco Moncayo Gallegos
ASAMBLEÍSTA.
Señor Asambleísta.
Abdalá Bucaram Pulley
Ciudad.-
De mi consideración:
Entiendo perfectamente la forma como ha marcado su vida y la de su familia los acontecimientos de la vida política de su señor padre, el abogado Abdalá Bucaram Ortiz y creo que es mi deber responder a su pedido de información sobre la participación de las Fuerzas Armadas en los acontecimientos de 1997.
Hace ya quince años el país enfrentó con éxito la campaña militar del Cenepa, enfrentamiento provocado por los apetitos de poder y megalomanía del ex presidente del Perú, Alberto Fujimori, acolitado por personajes funestos para su propio país y para el Ecuador como Vladimiro Montesinos.
El éxito militar y la conducción prudente de las negociaciones diplomáticas permitieron que el arquitecto Sixto Durán Ballén pueda gobernar en un ambiente de relativa tranquilidad política, solamente alterada por los problemas del Vicepresidente, economista Alberto Dahik, que derivaron en su renuncia del cargo y abandono del país.
En agosto de 1995 fui nombrado Comandante General del Ejército y desempeñaba esas funciones cuando se realizó la campaña electoral en que triunfó su padre, Como siempre, en esta ocasión, los dos aspirantes a la presidencia conversaron directa o indirectamente con los mandos militares, sobre el nombramiento de los altos cargos militares. Yo me negué a dichas reuniones, porque quería dar un ejemplo de profesionalismo y no politización. Cuando se acercaron a solicitarme reuniones con los candidatos, simplemente respondí que hablaría con el triunfador de las elecciones si me llamaba, como en efecto sucedió, cuando triunfó el abogado Bucaram.
En esos tiempos, el Perú inició un proceso de rearme y fortalecimiento militar que, por informes de inteligencia recibidos, obedecían a las presiones de sus Fuerzas Armadas para buscar el desquite. Para ese fin trabajaba Montesinos en operaciones encubiertas en nuestro propio territorio, intentando crear desconfianza entre los actores políticos y los mandos militares. No podemos olvidar que vivíamos un frágil armisticio con nuestro vecino del Sur.
Antes de posesionarse, su padre me invitó a reunirme con él en Guayaquil, lo que en efecto sucedió y, en esa ocasión, con gran despliegue de medios, me ofreció el cargo de jefe del Comando Conjunto, que acepté inmediatamente. Para mí no solamente era la culminación de mi carrera militar, sino especialmente, un deber con mi país, en las complejas circunstancias de las negociaciones de paz. El Presidente electo aseguró algo como: “Yo soy el líder político de este país, usted es el líder militar. Vamos a trabajar juntos.”
El abogado Bucaram actuó con responsabilidad al mantener al embajador Galo Leoro Franco al frente de la Cancillería y no desmanteló los mandos militares.
Mis relaciones con su padre fueron respetuosas y profesionales; no recuerdo sino un hecho que pudo haber creado desconfianza y que estimamos fue maquinado por la inteligencia militar peruana por la gran cobertura que tuvo en ese país; se trataba del falso “Plan Zorro”, que presuntamente teníamos las Fuerzas Armadas para dar un golpe de Estado. No fue difícil que el general Víctor Bayas, Ministro de Defensa demostrara al Presidente la falacia porque en el forjado documento constaba equivocado el nombre del general Telmo Sandoval, a quien presuntamente iba dirigido; también se equivocaban al hablar de regiones militares a la usanza peruana, cuando en nuestro país usamos la denominación de zonas militares. Mi firma era superpuesta.
En otra ocasión, el helicóptero de escolta del Presidente sufrió un percance, se habló de un atentado fallido, su padre nos convocó a su domicilio nos reclamó y yo le respondí firmemente que debía confiar en los mandos, que jamás nos prestaríamos para un acto de esa naturaleza y que exigiríamos los más estrictos controles a los responsables para que no vuelvan a sucederse ese tipo de percances.
Por un elemental sentido de responsabilidad, mi principal preocupación estaba enfocada en el avance de las negociaciones de la paz, en mantener a las Fuerzas Armadas preparadas para el evento de la reiniciación del conflicto, y en mantenerlas totalmente alejadas de la política interna, siempre corrosiva. Jamás, ni como lejana tentación, pasó por mi cabeza realizar un acto antidemocrático que, por otra parte, habría podido servir de pretexto para reiniciar el conflicto armado.
Los días 23, 24 y 25 de enero de 1997 la Academia de Guerra de la Fuerza Terrestre realizó en sus instalaciones un ejercicio de seguridad interna, sobre los escenarios que se veían venir y, al término del cual presentamos al Presidente una información completa y algunas recomendaciones a fin de evitar que se agrave el conflicto.
El lunes siguiente, 27 de enero, fuimos invitados a la ciudad de Durán a la entrega de las viviendas del programa del gobierno, único caso de participación del Jefe del Comando Conjunto en un acto oficial de esa naturaleza.
En el mes de febrero la situación interna del país se agravó. Hubo escasez de combustibles, se cerraron carreteras, hubo también amenazas de bombas en edificios públicos, estudiantes marcharon hacia el Congreso a reclamar por las medidas económicas y el transporte interprovincial dejó de operar. El Frente Unitario de Trabajadores anunció que el paro convocado para el día 5 se extendería hasta el fin de semana y que si el presidente Bucaram no abandonaba el cargo continuarían las medidas de hecho.
Se organizó el Frente Patriótico con movimientos sindicales y organizaciones sociales a los que se sumó la CONAIE, que anunció un levantamiento indefinido hasta que el Presidente abandone el poder. Posteriormente se sumaron los partidos políticos. Con la firma de sus líderes, exigían un gobierno de transición que debía designar el Congreso.
En esas circunstancias, el día 4, el Ministro de Defensa y el mando militar invitamos al Presidente a un almuerzo por su cumpleaños en el Club Naval. La situación era grave, analizamos opciones que incluían mover la sede del Ejecutivo a Manabí, lo cual desaconsejamos unánimemente los militares, que asesoramos manejar la crisis desde el Palacio de Gobierno.
El Presidente convocó a reunión del Consejo de Seguridad Nacional para conocer sobre la situación, especialmente sobre la actitud del Congreso en torno a su destitución. A la reunión no asistió el Presidente del Congreso ni el de la Corte Suprema de Justicia. Esa reunión fue de lo más dura, unos miembros del Consejo recomendaban que el Presidente ordene el cierre del Congreso. De mi parte, la recomendación fue que eso sería atentar contra la Constitución y que debía buscarse una solución legal negociada. El Presidente descartó la clausura.
El día 5 el Comando Conjunto mantuvo el seguimiento de la aplicación de los planes de operaciones de Defensa Interna se comenzaron a aplicar en la fase correspondiente. El denominado Paro Cívico Nacional convocado por los sectores productivos y sociales, transcurrió sin novedades mayores. El Presidente plegó simbólicamente al paro y dijo entender la situación económica creada por las medidas económicas, que planteó iba a revisar.
En uso de sus facultades constitucionales el Gobierno comunicó a las nueve y cuarenta y cinco el decreto de Movilización con la advertencia de que las sanciones se aplicarían con sujeción a lo establecido en el Código Penal Militar.
Los Alcaldes de las principales ciudades, ex mandatarios constitucionales, ex candidatos, líderes sindicales y gremiales encabezaron las marchas Dados los rumores que se difundían en todo el país, ese día las Fuerzas Armadas tuvimos que emitir un comunicado sobre la situación y sobre la falsedad de la detención del Presidente del Congreso.
Cuando intentaron ingresar al palacio legislativo, se mantuvo la protección policial y militar, se incluyó en el impedimento de inceso al alcalde Jamil Mahuad quien, a nombre de la Asamblea de la Ciudad, apoyaba la salida del Presidente. El Comandante de la Zona de Defensa, general Manuel Suárez quien logró evacuar a la familia del Presidente vistiéndoles con uniformes militares.
En la mañana del día seis, el Presidente del Congreso buscaba lograr los votos para designar el gobierno de transición. César Verduga anunció que el presidente interino podría ser el Presidente del Congreso o el de la Corte Suprema de Justicia y que Rosalía Arteaga estaba excluida.
El gobierno, buscando tranquilizar a la población, anunció la suspensión de las medidas económicas decretadas.
Por disposición del Ministro de Defensa convoqué a reunión del Consejo Ampliado de Generales y Almirantes, Consta así en la respectiva Acta: “En la ciudad de Quito, a las 1630 horas , en el Auditorio de la Fuerza Aérea, con la presencia de todos los señores Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y el Sr. Gral. Marco Hinojosa, Comandante General de la Policía Nacional, presididos por el Sr. Grae. VICTOR BAYAS G., Ministro de Defensa Nacional, se inicia esta sesión para conocer y analizar la situación interna que vive el país, y los problemas suscitados con relación a la estabilidad del gobierno del Sr. Presidente de la República, Ab. Abdalá Bucaram O.
El Sr. Ministro, interviene relievando(sic.) que las FFAA se han mantenido al margen de la política en estricto cumplimiento de la Constitución, velando por la institucionalidad, por lo que plantea abordar el tema considerando las siguientes premisas:
- Reafirmar la unidad institucional
- Que el Alto Mando no pliegue a ninguna dictadura, y
- Que frente a cualquier situación, los mandos militares deben mantenerse como están configurados.
Indica que este planteamiento también hará conocer al Sr. Presidente de la República y a las 1645 horas, se retira dejando la Presidencia a cargo del Sr.GRAE. Paco Moncayo G., Jefe del COMACO.”
Luego de un amplio debate sobre la situación interna, el Consejo Ampliado el tema, a las 1830 horas se emite un comunicado de las FFAA. al país expresando que la salida de la crisis debía lograrse por medio de la concertación y la legalidad, llamamos a la cordura y ratificamos nuestra decisión de respetar la Constitución y mantener la paz ciudadana.
En esos mismos momentos conocimos que el Presidente recibió al Secretario General de la OEA, César Gaviria Trujillo, que había venido al país por su requerimiento, para apoyar el mantenimiento del orden constitucional.
A las 2000 horas, el Alto Mando Militar fuimos llamados a la Presidencia de la República, En esa reunión revisamos las medidas de seguridad del Mandatario y sus colaboradores y se nos informó, que esperaba poder solucionar políticamente el problema toda vez que contaba con el apoyo de varios diputados que se encontraban ese momento en Palacio y a quienes pudimos observar reunidos en el Salón de Sesiones del Gabinete. .
A las 2230 horas, llegaron la Vicepresidenta de la República, Dra. Rosalía Arteaga S. y del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Carlos Solórzano quienes, luego del análisis de la situación, coincidieron en expresar que el Congreso Nacional estaría violando la Constitución en caso de destituir al Presidente de la República aplicando el artículo 100, literal d. y de nominar un Presidente Interino.
La Sra. Vicepresidenta expresó, además, que la sucesión presidencial en ausencia definitiva del Presidente fue aprobada por mayoría absoluta por el H. Congreso Nacional, durante el Gobierno del Arq. Sixto Durán Ballén, correspondiéndole al Vicepresidente dicha sucesión, pero que, por error en la codificación, el Congreso actual le niega este derecho, que por ley le asiste.
A esa hora, se conoce la resolución del H. Congreso Nacional de destituir al Presidente de la República en aplicación del Art. 100 literal d, y la nominación de un Presidente Interino en la persona del Dr. Fabián Alarcón R., ante lo cual el Presidente Bucaram da a conocer que no acatará tal resolución.
A las 23:00 horas y con los argumentos expresados por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Ampliado decidió no aceptar la decisión del Congreso, porque no podían 44 voluntades dar al traste con los procedimientos constitucionales. Entonces emitimos un segundo comunicado invocando al pueblo ecuatoriano a respaldar la concertación y al diálogo como únicos instrumentos válidos para mantener la vigencia de una democracia auténtica.
Alas 23:55 horas arribó una comisión del Congreso conformada por los diputados Franco Romero, Heinz Meller y Carlos Vallejo. El diputado Franco Romero, en representación del Congreso Nacional, explicó que ante la aguda crisis que venía afrontando el país en las últimas semanas, se vieron obligados a convocar a un Congreso extraordinario a través del cual llegaron a la resolución que pidió dar lectura por Secretaría. En la resolución se declaraba la incapacidad mental del Abogado Abdalá Bucaram y el cese de funciones, así como la designación del doctor Fabián Alarcón como Presidente Constitucional.
Como Jefe del COMACO, confirmé la recepción del documento, aseguré que teníamos una Institución bien modelada, con un bien ganado prestigio, por lo que su conducta sería serena y responsable; seguiremos cumpliendo nuestro deber y evitaremos el caos. Afirmé que las FFAA expresarán su opinión, luego del análisis del documento y finaliza indicando que nos encontramos férreamente unidos, por lo que cualquier intento que afecte a esa unión será rechazado.
El Dr. Heinz Meller, aclaró que se cuestionaba la decisión del Congreso; que le preocupa la situación internacional con el Perú, que se encontraba en plena fase de negociaciones. Que el Art. 1 de la Constitución establece la soberanía de las funciones del Estado y espera que la decisión de FFAA se dé en función de país.
El Diputado Carlos Vallejo, expresó que ni el Parlamento, ni grupo político alguno se permitirá resquebrajar la unidad de las FFAA. Manifestó, además, que se encontraban en defensa de la institucionalidad, porque el Presidente había traicionado el respaldo recibido del pueblo.
Ya el día 7 de febrero a los veinte minutos de iniciado el día, recibí un llamado del la Vicepresidenta haciéndome conocer que ante el vacío de poder que se había producido por la resolución inconstitucional del Congreso había decidido asumir la Presidencia de la República y que pedía el respaldo de las Fuerzas Armadas, además me ofreció el Ministerio de Defensa a lo que respondí indignado que no está pensando en mi situación personal sino en la crítica situación del país y que cualquier decisión se haga conocer al mando. Lo cual se realizó y a la una y media llegó el doctor Nelson Robelli portando el Decreto por el cual la señora vicepresidenta asumía la Presidencia.
A esas mismas horas, manifestantes pedían la salida del Presidente en los alrededores del Palacio de Carondelet.
Frente a los hechos suscitados y con tres autoridades exigiendo la obediencia de las Fuerzas Armadas decidimos hacer un nuevo llamado al diálogo a las tres autoridades, sin tomar partido, e insistimos en la necesidad de una salida constitucional.
A las 02:20, se conoce una declaración del Tribunal de Garantías Constitucionales a través del cual manifiesta la inconstitucionalidad de la destitución del Presidente Bucaram y felicita la acción democrática y constitucional de las FFAA.. A esta hora se incorporan al Consejo los. Oficiales Generales de la Policía Nacional.
A las 03:00, se realiza una rueda de prensa, y hacemos conocer un nuevo comunicado invitando al diálogo a las partes para obtener una salida constitucional y exhortando al pueblo a mantener la calma.
A las once de la mañana el presidente Bucaram invitó a los presidentes del Congreso y de la Corte Suprema de Justicia aceptando el diálogo; a las once y media el doctor Fabián Alarcón declaró que solamente había un presidente de la República y convocó al pueblo a salir a las calles, como en efecto sucedió. Recibí una llamada pidiéndome que me una a la “marcha del pueblo” a lo que me negué y responsabilicé a él y a los políticos de la sangre que pueda derramarse en esa marcha al Palacio.
A las 1600 horas se reinstala la sesión del Consejo Ampliado. Los Generales, al retornar de sus unidades miitares informan de la situación, se conoce el contenido de un comunicado del gobierno de los Estados Unidos de Norte América, documento a través del cual expresan su preocupación por la situación que vive Ecuador y resaltando la actuación de FFAA, a más de su esperanza por una solución pacífica. También se recibieron criterios positivos de países como Chile y Argentina, que destacaban la actuación de Fuerzas Armadas ecuatorianas. Les informé también de las visitas recibidas por parte de de la Asociación de Generales en Servicio Pasivo, el Frente Unitario de Trabajadores, las Cámaras de la Producción, quienes pedían se obedezca el mandato del Congreso. La respuesta siempre fue que no era esa nuestra obligación.
Los oficiales generales informaron que había enorme preocupación en las tropas y que en los cuarteles se creía que debía obedecerse las decisiones del Congreso. Luego de largos análisis, el Consejo acordó que el Mando Militar se desplace hasta donde el Presidente Bucaram a expresarle que su presencia en el Palacio ante la situación que se vivía era un serio peligro para su seguridad y la de sus colaboradores; que se le invite a abandonar el mismo y que, dadas las circunstancias, era imposible continuar respaldándole; de igual modo que se siga solicitando una solución constitucional.
Los miembros del Comando Conjunto salimos, a las 14:30, sale con destino al Palacio Presidencial.
En el despacho presidencial se produjo una tensa reunión, con presencia de los colaboradores cercanos del Presidente, quien me invitó a un cuarto aledaño a su oficina y me planteó que como 44 diputados o un Consejo de Generales podían resolver contra la decisión dada por el pueblo en las urnas. Yo le expliqué que estábamos sitiados, que se intentaba asaltar el Palacio y que esto podía dar lugar a un grave derramamiento de sangre.
De vuelta al despacho presidencial, acordaron encargar la presidencia a la Vicepresidenta hasta que se calmen los ánimos y se retorne a la normalidad. Llegó la Vicepresidenta, no hubo acuerdo y el presidente planteó que su presencia en el lugar podía ocasionar un problema mayor y que viajaría a Guayaquil. Con el Grupo de Operaciones Especiales, se organizó la evacuación con todo éxito.
Al despedirnos, le dije al Presidente que lamentaba este desenlace y que había cumplido mi deber con lealtad. Abdalá Bucaram se despidió agradeciéndome y asegurando que yo era un caballero. Esto lo reiteró a su llegada a Guayaquil.
El sábado 8 de febrero visitaron el Ministerio de Defensa varias personalidades de la política nacional pidiendo unos el respaldo a la Vicepresidenta y otros al doctor Alarcón. Nuestra respuesta: Nosotros no vamos a ser árbitros de este conflicto. Que las tres autoridades busquen un acuerdo.
Cuando a las tres de la tarde reinstalamos la sesión del Consejo ampliado informé a los generales sobre las actividades de la mañana y tarde. El planteamiento del doctor Heinz Meller de lograr una solución constitucional aceptando que está cesante el Presidente Bucaram, se encargue el poder a la Vicepresidenta y se convoque al Congreso a encontrar un proceso de sucesión constitucional.
Les informé también que el señor general Víctor Bayas había presentado su renuncia y que conforme a las leyes militares estaba a cargo de esa Cartera de Estado hasta que se nombre al titular. Poco después ingresó al auditorio el Ministro cesante y manifestó que con lealtad institucional, de acuerdo a su planteamiento inicial, presentó su renuncia; agradeció por el apoyo prestado y se despidió deseando suerte a la Institución.
Continuábamos reunidos. Mientras el Congreso seguía firme en su postura de apoyar al Dr. Alarcón, el Abogado Bucaram en Guayaquil aseguraba que seguía siendo el Presidente Constitucional, del mismo modo que la Vicepresidenta. El país continuaba en el dilema de contar con tres presidentes.
En una nueva visita, el doctor. Heinz Meller me hizo conocer que, con el apoyo del Abogado Jaime Nebot planteaba la siguiente solución :
1.- El Congreso se ratifica en su posición de destituir al Abogado Bucaram.
2.- El Congreso nombra otro Presidente y
3.- Se convoca a una consulta popular para legitimar el proceso.
El Abogado Jaime Nebot llamó telefónicamente. Participó en la conversación el ingeniero León Febres Cordero, quien se refirió a la urgencia de hallar una salida porque el país no podía continuar en esa situación de caos. La respuesta es que las Fuerzas armadas están de acuerdo, pero piden una salida constitucional.
A la media noche, llegaron los jefes de los distintos bloques del Congreso nacional s dialogar con el Mando Militar y hacen conocer sobre una solución negociada con la señora Vicepresidenta, en los siguientes términos:
1. Se ratifica la destitución del Presidente Bucaram.
2. A pedido del Dr. Fabián Alarcón se deja sin efecto su nominación como Presidente Interino.
3. Se encarga el poder a la Sra. Vicepresidenta hasta que se nombre constitucionalmente al Presidente Interino.
Plantean que con esta proposición, se obtendría una salida constitucional que se nos explicó contaba con los dos tercios de los votos de los miembros del Congreso.
Expliqué entonces a los legisladores cual había sido la posición institucional de las Fuerzas Armadas, fieles a la democracia y a la constitucionalidad, Que las Fuerzas Armadas acataríamos las resoluciones del Congreso, que tenía mayoría de 57 legisladores; que la institución no aceptaba ser consultada porque sería inconstitucional hacerlo. Pedí que se respete a los mandos y puse mi cargo a disposición del Congreso.
Inmediatamente informé al Consejo Ampliado sobre lo tratado y recibimos el respaldo unánime de sus miembros. Se nombró entonces una comisión para que redacte un nuevo comunicado que fue conocido y aprobado. El comunicado decía: “Una vez que
El Congreso Nacional ha ratificado la cesación de funciones el Sr. Abogado Abdalá Bucaram Ortiz como Presidente Constitucional de la República, el Sr. Doctor Fabián Alarcón Rivera ha pedido al Congreso Nacional deje insubsistente su nombramiento como Presidente Constitucional Interino y la Sra. Doctora Rosalía Arteaga Serrano ha retirado su nominación como Presidenta y que el Congreso Nacional ha encargado temporalmente la Presidencia de la República a la Sra. Rosalía Arteaga, hasta el nombramiento del Presidente Constitucional Interino, las Fuerzas Armadas reafirman su inquebrantable vocación democrática y de respeto absoluto a la Constitución y Leyes de la República y subordinan la Institución a la autoridad legítimamente elegida por el Congreso Nacional; exhortan al pueblo ecuatoriano a mantenerse férreamente unido en aras de la paz y el progreso del país.”
El día 11 de febrero, su padre abandonó el país, la Vicepresidenta renunció al encargo de la presidencia y el doctor Alarcón fue designado Presidente Interino.
El día martes 12 de febrero, a las cuatro de la tarde, reinstalamos la sesión del Consejo Ampliado. Informé a los oficiales generales de los últimos acontecimientos y destaqué que con un mando unificado, con el consenso de los miembros, aplicando profesionalmente los planes y la doctrina, se había logrado una participación legal y positiva de la Fuerza Pública. La doctrina de seguridad interna se había mostrado adecuada para enfrentar un caso tan difícil y el Plan de Defensa Interna funcionó a cabalidad. Felicité a las Fuerzas de Tarea por el su comportamiento profesional, al haber operado con sensatez e inteligencia, protegiendo los derechos humanos, orientados por los valores, principios y doctrina para mantener la unidad nacional y el sistema democrático.
Esa es la realidad de los hechos. Existen las actas y grabaciones que dan fe de todo lo aquí relatado. Cabe entonces una pregunta: ¿Podía un mando militar haber adoptado un comportamiento más firme y leal al Presidente Bucaram y a la democracia, en circunstancias como las vividas? ¿Dónde un atisbo de interés o ambición personal?
Tengo mucha información de la prensa peruana que desinformaba al mundo sobre mis ambiciones presidenciales, sobre el golpe fraguado por mi persona, y sobre la corrupción de mis actos. Lastimosamente su padre abonó a esa y otras campañas en contra de mi honor, de las que jamás hice caso, porque estaban absolutamente fuera de la realidad.
Todo esto lo he escrito pensando en usted, en su angustia de hijo y en el dolor de toda su familia. No puedo sentirme culpable de lo sucedido, aunque no dejo de solidarizarme con su pesar, que espero termine pronto. Sobre si yo supe u observé de sacos de dinero que llevaron de Palacio el día 7 de febrero, puedo afirmar que no. Solamente leí y escuché de esas acusaciones en los medios, posteriormente.
Esa es la información que le entrego, junto a mi autorización para que pueda usarla conforme a su mejor interés. Hay personas del equipo de gobierno de su padre que estuvieron presentes en todos estos momentos. Ellos podrán certificar lo que he dicho.
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